Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, buscaría adicionar un nuevo título al Decreto 1071 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Esta iniciativa se enmarca en la necesidad de reconocer y proteger los derechos territoriales y culturales del pueblo raizal del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en cumplimiento de la Constitución Política de Colombia, tratados internacionales y sentencias de la Corte Constitucional que han resaltado la importancia de garantizar la igualdad material y la protección especial de esta comunidad étnica.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto tendría como propósito principal reconocer el derecho a la identidad, territorialidad ancestral, acceso y protección de las tierras del pueblo raizal. Para ello, propondría la creación de una ruta especial e integral de acceso a tierras que tuviera en cuenta la particularidad étnica, cultural y las costumbres propias de esta comunidad, con el objetivo de garantizar su pervivencia como pueblo étnico, respetar sus referentes culturales y mejorar sus condiciones de vida, así como el ejercicio del derecho a la autodeterminación y soberanía territorial.
Modificaciones y medidas propuestas
Entre las principales disposiciones que incluiría el proyecto se destacan:
- El reconocimiento de la propiedad especial del pueblo raizal, entendida como un conjunto de tierras poseídas individual y colectivamente, con derechos ancestrales de uso, posesión y acceso.
- La implementación de una ruta especial de acceso a tierras por parte de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), que incluiría procesos de solicitud, registro, visitas de campo, estudios étnicos y culturales y tramitación de oposiciones.
- La adjudicación colectiva e individual de bienes inmuebles rurales a organizaciones y miembros del pueblo raizal, respectivamente, con carácter de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, para proteger el territorio ancestral.
- El establecimiento de mecanismos para la identificación y protección del territorio raizal, incluyendo actos administrativos publicitarios y códigos de naturaleza registral específicos.
- La creación de canales electrónicos para que la ANT reciba información sobre negocios jurídicos relacionados con predios en el archipiélago y pueda ejercer opción privilegiada de compra en favor del pueblo raizal.
- La formulación y ejecución de proyectos productivos sostenibles y estrategias de fortalecimiento del sector pesquero, en coordinación con entidades como la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (AUNAP) y el Consejo Seccional de Desarrollo Agropecuario, Pesquero, Forestal, Comercial y de Desarrollo Rural (CONSEA).
- El respeto a los derechos de propiedad de terceros y la coordinación con regímenes especiales aplicables a comunidades negras, afrocolombianas y palenqueras del archipiélago.
Acciones y obligaciones específicas
El proyecto señalaría que la Agencia Nacional de Tierras tendría la responsabilidad de realizar las adecuaciones institucionales necesarias para implementar la ruta especial de acceso a tierras, así como de administrar el procedimiento único de formalización de la propiedad rural con enfoque diferencial para el pueblo raizal. Además, se dispondría que las entidades del orden nacional deberían remitir inventarios de bienes inmuebles rurales no utilizados para evaluar su posible transferencia al Fondo de Tierras destinado a programas específicos para esta comunidad.
Participación de actores clave
El proyecto resalta la participación del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la Agencia Nacional de Tierras, la Superintendencia de Notariado y Registro, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca, el Consejo Seccional de Desarrollo Agropecuario, Pesquero, Forestal, Comercial y de Desarrollo Rural y las organizaciones representativas del pueblo raizal inscritas ante el Ministerio del Interior. Estas entidades y grupos tendrían un papel central en la implementación, supervisión y seguimiento de las medidas propuestas.
Información adicional y participación ciudadana
El contenido del proyecto y su memoria justificativa habrían sido publicados en el Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP), conforme a la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015, con atención a las observaciones recibidas. Se espera que la ciudadanía pueda acceder al texto completo a través de esta plataforma y participar en el proceso de consulta durante los plazos establecidos, fomentando la transparencia y la inclusión en la toma de decisiones sobre esta materia.
Este proyecto de decreto se encuentra en etapa de revisión y no tendrá vigencia hasta tanto sea expedido oficialmente y publicado en el Diario Oficial. Su aprobación marcará un paso importante en la protección de los derechos del pueblo raizal, fortaleciendo su identidad cultural y garantizando la defensa y el acceso a su territorio ancestral, en armonía con la legislación colombiana y los compromisos internacionales en materia de derechos étnicos y territoriales.