Contexto y Emisión del Decreto
El Decreto 0765 de 2026 fue emitido el 15 de julio de 2026 por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con la firma conjunta de los ministros de Hacienda y Crédito Público, Justicia y del Derecho, y Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y en desarrollo de diversas leyes relacionadas con la reforma agraria, el saneamiento de tierras y la administración de activos públicos.
Objetivo Principal
El decreto tiene como propósito principal reglamentar el saneamiento automático de los predios y mejoras que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) adquiere o recibe en transferencia para fines de interés social y utilidad pública, conforme al artículo 31 de la Ley 160 de 1994. Este mecanismo busca asegurar que las tierras destinadas a la reforma agraria y programas especiales de dotación cuenten con títulos válidos y libres de vicios, facilitando su uso, goce y disposición plena.
Medidas y Disposiciones Específicas
Entre las medidas más relevantes, el decreto establece:
- El saneamiento automático de vicios en la titulación y tradición de predios adquiridos o transferidos a la ANT, incluyendo aquellos que surjan con posterioridad a la adquisición, sin afectar las acciones judiciales o indemnizatorias que procedan.
- La posesión inmediata de los predios por parte de la ANT, quien asumirá el saneamiento material, físico-catastral y las actualizaciones necesarias relacionadas con área, cabida y linderos.
- La regulación de la actuación registral para cancelar o liberar cargas y gravámenes que impidan la plena disposición del inmueble, así como la inscripción de la transferencia de dominio en un mismo acto.
- La creación de un código registral especial para identificar predios de utilidad pública con fines de reforma agraria, con carácter publicitario y sin efectos restrictivos sobre el dominio.
- La gestión por parte de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) de las obligaciones fiscales relacionadas con la escrituración y registro de los actos de transferencia de dominio.
- La posibilidad de ajustar el precio de compra en caso de modificaciones posteriores en área o avalúo mediante cláusulas de reajuste.
Ámbito de Aplicación y Entidades Afectadas
El decreto tiene alcance nacional y afecta principalmente a la Agencia Nacional de Tierras, la Sociedad de Activos Especiales (SAE), la Superintendencia de Notariado y Registro, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y a los titulares y poseedores de predios rurales involucrados en procesos de adquisición y transferencia para fines de reforma agraria. Además, impacta a sectores relacionados con la administración pública rural y la justicia agraria.
Exclusiones y Garantías
Se excluyen del saneamiento automático:
- Medidas cautelares y limitaciones vigentes por procesos de Justicia y Paz.
- Predios con solicitudes de restitución de tierras o medidas de protección patrimonial para población desplazada.
- Eventos expresamente excluidos por la Ley 2294 de 2023.
- Afectaciones ambientales y restricciones sobre bienes de interés cultural que no constituyen limitaciones registrales.
El decreto garantiza el derecho a las acciones indemnizatorias para terceros con derechos reales o personales inscritos, incluyendo la posibilidad de reclamarlas contra la ANT como entidad adquirente.
Base Legal y Vigencia
Este decreto se fundamenta en la Constitución Política y en las leyes 160 de 1994, 1450 de 2011, 1708 de 2014, 2294 de 2023, entre otras disposiciones legales. Además, incorpora criterios jurisprudenciales de la Corte Constitucional. La norma entra en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial y adiciona los decretos únicos reglamentarios de los sectores agropecuario, justicia y hacienda.
Implicaciones para la Ciudadanía y Entidades
Con la implementación del Decreto 0765 de 2026, se fortalece la seguridad jurídica en la transferencia y formalización de tierras para la reforma agraria, facilitando la posesión efectiva por parte de la ANT y promoviendo la equidad en la distribución de la propiedad rural. Las entidades públicas vinculadas contarán con procedimientos claros para el saneamiento registral y fiscal, mientras que terceros afectados conservarán sus derechos a indemnización. Se invita a las autoridades y ciudadanos a acoger las disposiciones para garantizar el cumplimiento de los fines sociales y públicos de la política agraria nacional, contribuyendo así al desarrollo rural sostenible y a la justicia social en el campo colombiano.