Contexto y propósito del Decreto 0770 de 2026
El Ministerio de Transporte de Colombia emitió el Decreto 0770 de 2026 el 16 de julio de 2026, publicado en el Diario Oficial No. 53.556 el 17 de julio del mismo año. Esta norma modifica y adiciona el Capítulo 2 al Título 4 de la Parte 4 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, que es el Único Reglamentario del Sector Transporte.
El objetivo principal del decreto es establecer un marco regulatorio claro para el registro de las Infraestructuras Logísticas Especializadas (ILE) y de sus operadores, en cumplimiento de las disposiciones contempladas en la Ley 1682 de 2013. Esta regulación se enmarca en la necesidad de fortalecer la infraestructura de transporte del país, especialmente en lo relativo a la logística y el comercio exterior, garantizando la intermodalidad y multimodalidad que faciliten el traslado eficiente de mercancías dentro del territorio nacional y hacia el exterior.
Medidas y disposiciones específicas
El decreto define las ILE como áreas delimitadas donde se realizan actividades de logística, transporte, manipulación y distribución de mercancías, así como funciones técnicas y actividades de valor agregado para el comercio nacional e internacional. Estas incluyen nodos de abastecimiento mayorista, centros de transporte terrestre, áreas logísticas de distribución, centros de carga aérea, zonas logísticas portuarias, puertos secos y zonas logísticas multimodales.
Entre las principales medidas adoptadas, destacan:
- La creación del Registro Único de Proyectos de Infraestructura Logística Especializada (RUPILE), a cargo del Ministerio de Transporte, que consolidará y divulgará información sobre proyectos y operadores de ILE.
- La definición de un procedimiento claro para el registro de proyectos y operadores de ILE, incluyendo requisitos como la presentación de un Plan Maestro General, estudios técnicos, financieros y legales, así como licencias ambientales.
- La regulación de plazos para el inicio de operación y vigencia del registro, estableciendo un término máximo de diez años prorrogables para los proyectos y cinco años para los operadores.
- La facultad del Ministerio de Transporte para supervisar, inspeccionar y controlar el cumplimiento de las condiciones de registro y operación de los proyectos y operadores, en coordinación con la Superintendencia de Transporte.
- La incorporación de disposiciones para el manejo de actividades aduaneras dentro de las ILE, sujetas a la normatividad vigente de la DIAN y regímenes especiales como zonas francas.
- La exclusión de los proyectos desarrollados bajo la modalidad de Asociaciones Público-Privadas (APP) de los procedimientos de otorgamiento de permisos contemplados en el decreto.
Ámbito de aplicación y entidades afectadas
El decreto tiene alcance nacional y se aplica a personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como privado, que desarrollen o pretendan desarrollar proyectos de Infraestructura Logística Especializada o actuar como operadores de las mismas. Las entidades territoriales, funcionarios públicos y operadores privados involucrados en la construcción, administración y operación de estas infraestructuras también se ven directamente afectados.
Además, establece la posibilidad para proyectos existentes en operación o construcción a la fecha de expedición del decreto de solicitar su registro como ILE en un plazo de dos años, asegurando la adecuación a los nuevos lineamientos.
Implicaciones para la ciudadanía y el sector logístico
La implementación del Decreto 0770 de 2026 representa un avance significativo en la regulación de la infraestructura logística en Colombia, brindando mayor certeza jurídica y transparencia en el desarrollo de proyectos que son estratégicos para la competitividad y la integración regional. Para la ciudadanía, esto implica un mejor acceso a servicios logísticos eficientes que impactan en la disponibilidad y costos de bienes.
El llamado a los interesados y operadores es a acogerse a los procedimientos establecidos para formalizar sus proyectos y actividades, contribuyendo así a la consolidación de corredores logísticos estratégicos y a la mejora de la conectividad nacional e internacional.
Base legal y vigencia
Este decreto se expide en ejercicio de las facultades constitucionales conferidas al Presidente de la República, en especial el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo de los artículos 9° y 15 de la Ley 1682 de 2013. Además, toma en cuenta el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y la política nacional logística delineada en documentos Conpes.
El Decreto 0770 de 2026 entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, conforme al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, y modifica varias disposiciones del Decreto 1079 de 2015 relacionadas con la infraestructura de transporte.
Este marco normativo busca consolidar un sistema logístico moderno, integrado y eficiente, clave para el desarrollo económico y social del país, promoviendo la competitividad internacional y la sostenibilidad ambiental en el sector transporte. Con esta regulación, Colombia avanza hacia la modernización de su infraestructura logística, facilitando el comercio y la conectividad regional de manera ordenada y eficiente.