Objeto y ámbito de aplicación
El proyecto tiene por objeto establecer los lineamientos y condiciones para la transferencia de propiedad o derechos de uso y goce de activos destinados a la generación de energía a partir de fuentes no convencionales de energía renovable (FNCER), financiados con recursos públicos, a favor de Comunidades Energéticas. Aplica a nivel nacional y está dirigida a Comunidades Energéticas, asociaciones o alianzas conformadas por estas, estructuras de gobierno propio de pueblos y comunidades indígenas, campesinas, negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, prestadores del servicio público de energía eléctrica y entes territoriales con autorizaciones legales correspondientes.
Cambios normativos principales
- Se reglamentan los lineamientos para la transferencia de activos energéticos financiados con recursos públicos, incluyendo aquellos administrados por el Fondo de Energías No Convencionales y Gestión Eficiente de la Energía (FENOGE) y el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas (IPSE).
- Se formalizan los mecanismos contractuales y administrativos para que el Ministerio de Minas y Energía, sus entidades adscritas y FENOGE puedan transferir derechos de dominio, usufructo, uso y goce de la infraestructura energética a Comunidades Energéticas u otros beneficiarios autorizados.
- Se establece la gratuidad de la transferencia de activos, sin cargos a las entidades beneficiarias.
- Se dispone un régimen de inspección, vigilancia y control diferenciado y flexible por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para las Comunidades Energéticas que reciban activos.
- Se define un régimen de reversión de los activos en caso de incumplimiento, disolución o cesación del esquema de operación.
Obligaciones y requisitos de los beneficiarios
Los...