Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, del Consejo de Estado, en segunda instancia. El proceso corresponde a un medio de control de repetición promovido por el Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional contra un particular.
Sentido de la decisión
El Consejo de Estado resolvió:
- Admitir el recurso de apelación presentado por el Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional frente a la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico.
Razón principal de la decisión
La admisión del recurso de apelación se sustenta en que la pretensión principal supera los quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes para el año 2023, lo que configura la competencia del Consejo de Estado en segunda instancia conforme a los artículos 150, 152 numeral 9, 157 y 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021.
Antecedentes fácticos y procesales
El Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional presentó demanda de repetición contra un particular, reclamando perjuicios cuyo monto supera la cuantía señalada para que el Consejo de Estado conozca en segunda instancia. En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Atlántico negó las pretensiones de la demanda mediante sentencia del 21 de agosto de 2025. Contra esta decisión se interpuso recurso de apelación.
Efectos jurídicos de la providencia
Con la admisión del recurso, el expediente será remitido al Consejo de Estado para continuar con el trámite correspondiente en segunda instancia. Desde la notificación del auto que...