Naturaleza de la providencia e instancia
La providencia corresponde a una sentencia de primera instancia proferida por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado.
Sentido de la decisión
- Denegar la solicitud de declarar la falta de legitimación en la causa por pasiva de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial y las desvinculaciones propuestas por la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico (UDAE) del Consejo Superior de la Judicatura y el Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Arauca.
- Amparar el derecho fundamental de petición de los accionantes y ordenar a la UDAE que remita, en 48 horas, la respuesta ofrecida a la solicitud del 16 de abril de 2026 a los correos electrónicos indicados por los peticionarios.
- Declarar improcedente la acción de tutela en cuanto a los reparos contra el Consejo Superior de la Judicatura y la Presidencia del Tribunal Administrativo de Norte de Santander relacionados con la reasignación funcional de cargos.
- Ordenar notificación a las partes e intervinientes conforme al procedimiento legal.
- De no ser impugnada, remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Razón principal de la decisión
El tribunal fundamentó su decisión en que, respecto al derecho de petición, la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico sí emitió respuesta de fondo a la solicitud, pero no la notificó a todos los correos electrónicos señalados por los solicitantes, afectando el núcleo esencial del derecho. Por ello, ordenó remitir la respuesta a las direcciones correctas. En cuanto a la reasignación de cargos creados...