Naturaleza de la providencia y tribunal
El 25 de junio de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta del Consejo de Estado, emitió un auto de primera instancia en el trámite de una acción de tutela. La acción fue instaurada contra el Consejo Superior de la Judicatura y la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico (UDAE) para proteger el derecho fundamental de petición.
Sentido de la decisión
- Se negó la solicitud de desvinculación de la UDAE del proceso.
- Se amparó el derecho fundamental de petición del accionante.
- Se ordenó a la UDAE que, en un término de diez días, remita la información estadística faltante relacionada con la petición inicial, de manera completa, clara, congruente y de fondo.
- Se dispuso que, en caso de no poder entregar la información solicitada, la entidad deberá fundamentar las razones de dicha imposibilidad.
- Se ordenó notificar esta providencia a las partes e intervinientes conforme a las normas procesales aplicables.
- Si no se interpone recurso en el término legal, se remitirá el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Razón principal de la decisión
La Sala consideró que la UDAE vulneró el derecho fundamental de petición al entregar una respuesta parcial e incompleta frente a la solicitud formulada el 11 de mayo de 2026. Aunque la entidad remitió una respuesta, ésta no incluyó la totalidad de la información estadística requerida, en particular, datos de ciertos períodos para acciones de tutela y habeas corpus. La autoridad no explicó las razones de la omisión de dichos datos, lo cual impide la satisfacción...