Naturaleza de la providencia y tribunal
El despacho profirió un auto interlocutorio en primera instancia, en el marco de un medio de control de nulidad promovido ante el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera. Sentido de la decisión
El tribunal decretó la suspensión provisional de los efectos del diploma académico con número de registro específico, expedido por el SENA, Regional Caquetá, mediante el cual se otorgó el título de operario en manejo de máquinas de confección industrial para ropa exterior a una aprendiz. Razón principal de la decisión
La suspensión se fundamenta en la constatación preliminar de que la certificación fue expedida sin que la aprendiz acreditara la totalidad de los requisitos académicos y documentales exigidos, especialmente la etapa productiva del proceso formativo. El diploma no contaba con soportes que validaran el cumplimiento de esta etapa, incumpliendo el Acuerdo 07 de 2012 (Reglamento del Aprendiz del SENA) y la Guía para la Certificación Académica GFPI-G018 (2022). Antecedentes fácticos y procesales
El SENA interpuso demanda de nulidad contra el diploma académico, solicitando la suspensión provisional de sus efectos por presunta violación de normas legales y reglamentarias. Se alegó que la aprendiz concluyó la etapa lectiva en septiembre de 2011 y debía iniciar la etapa productiva en el mismo mes, con un plazo límite de dos años para su culminación. Sin embargo, la evaluación de la etapa productiva se realizó extemporáneamente en 2022 y no se aportaron evidencias que acreditaran su realización. El SENA argumentó que la certificación se otorgó irregularmente, sin cumplir con las guías y reglamentos...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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