Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia es un
auto proferido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, en segunda instancia procesal. El auto admite el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia emitida por el Tribunal Administrativo de Santander.
Sentido de la decisión
El Consejo de Estado resolvió:
- Admitir el recurso de apelación presentado contra la sentencia de primera instancia.
- Ordenar la incorporación completa al expediente de todos los documentos y memoriales relacionados con el proceso que se encuentren en formatos electrónicos o reposen en plataformas externas a la jurisdicción, solicitando para ello la colaboración de autoridades judiciales o sujetos procesales involucrados.
- Prescindir de la realización de audiencia de alegaciones y juzgamiento en segunda instancia, debido a la ausencia de solicitud de práctica de pruebas por las partes.
- Disponer el traslado a las partes para que presenten sus alegatos de conclusión en un término de diez días, y posteriormente otorgar un término igual para el Ministerio Público.
Razón principal de la decisión
La admisión del recurso se fundamenta en la vigencia y aplicación del artículo 247 del CPACA, que establece la procedencia y oportunidad del recurso de apelación en el proceso contencioso administrativo. Además, se consideraron los principios de eficiencia y celeridad procesal, conforme a la Ley 270 y el Código General del Proceso (CGP), para la incorporación de documentos y la omisión de la audiencia prevista en segunda instancia, dado que no se solicitó la práctica de pruebas adicionales.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó...