Objeto y alcance del decreto
El eventual regularía la designación formal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para ejercer la tutoría y representación legal de los derechos del Páramo de Santurbán. Esta medida responde a la declaratoria judicial que reconoce al ecosistema como sujeto de derechos, con el fin de asegurar su protección, conservación, mantenimiento y restauración.
Cambios normativos principales
- Se reconoce al Páramo de Santurbán como sujeto de derechos a la protección y restauración.
- Se designa al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como tutor y representante legal del páramo.
- Se establecen facultades específicas para promover, intervenir y hacer seguimiento a actuaciones judiciales y administrativas en defensa del páramo.
- Se ordena la coordinación del Ministerio de Ambiente con otros ministerios, autoridades ambientales regionales y municipios para la protección del ecosistema.
Obligaciones y facultades del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible deberá:
- Ejercer la tutoría y representación legal del Páramo de Santurbán.
- Promover, intervenir, coadyuvar y hacer seguimiento a actuaciones judiciales y administrativas relacionadas con la defensa, protección, conservación, mantenimiento y restauración del páramo.
- Solicitar medidas preventivas, cautelares y de protección conforme a las órdenes judiciales vigentes.
- Coordinar acciones con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministerio de Minas y Energía, Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), Corporación Autónoma Regional de Norte de Santander (CORPONOR), municipios de Bucaramanga, Vetas, California y Suratá, y otras entidades competentes.
Ámbito de aplicación
La norma tiene aplicación en el...