Entidad emisora, número y fecha
La resolución fue expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), a través de su Dirección Territorial en Santander, con número 101 de 2026 y fecha de expedición 2 de julio de 2026.
Objeto de la norma
La norma regula el reajuste de los porcentajes de incremento aplicables a los avalúos catastrales en las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Ocamonte, en el marco de la aplicación del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Cambios normativos concretos
- Modifica los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales establecidos para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales de Ocamonte, sustituyendo los porcentajes fijados en la Resolución IGAC 2057 de 2025.
- Mantiene sin cambios los valores para las zonas homogéneas geoeconómicas 01 a 06.
- Actualiza la base catastral nacional con los nuevos valores unitarios de terreno para la vigencia del año 2026.
Obligaciones creadas
- La Dirección Territorial del IGAC en Santander debe actualizar la liquidación de los avalúos catastrales para los predios rurales de Ocamonte conforme a los nuevos porcentajes.
- La entidad debe publicar y comunicar la resolución al municipio de Ocamonte y al departamento de Santander.
- Los propietarios de predios rurales en Ocamonte están sujetos a los nuevos valores catastrales para la vigencia 2026.
Ámbito de aplicación
La resolución aplica de manera general y uniforme para todos los predios rurales ubicados en las zonas homogéneas geoeconómicas del municipio de Ocamonte, departamento de Santander.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones específicas en la resolución; sin embargo, los predios que hayan sido objeto de formación o actualización catastral en los últimos cinco años o que estén en proceso de actualización quedan excluidos del ajuste automático conforme a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Base legal
La norma se expide en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley 14 de 1983, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, el Decreto 846 de 2021, y en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de su publicación, y es de carácter general, por lo que no procede recurso en contra.
Régimen de transición o plazos de implementación
El ajuste se aplica para la vigencia catastral con fecha 1° de enero de 2026, y modifica los valores previamente establecidos en la Resolución IGAC 2057 de 2025, manteniendo las demás disposiciones de dicha resolución.
| Zona Geoeconómica |
% Incremento según Resolución 2057 de 2025 |
% Incremento Ajustado Resolución 101 de 2026 |
| 07 | 182,00% | 117,00% |
| 08 | 253,00% | 133,00% |
| 09 | 370,00% | 135,00% |
| 10 | 605,00% | 220,00% |
| 11 | 840,00% | 160,00% |
| 12 | 1310,00% | 280,00% |
| 13 | 1663,00% | 103,00% |
| 14 | 551,00% | 225,00% |
| 15 | 1527,00% | 714,00% |
Con estas modificaciones, el IGAC busca asegurar una valoración más equitativa y acorde con las condiciones actuales del mercado en las zonas rurales de Ocamonte, garantizando así una actualización justa y transparente del catastro municipal para el año 2026.