Entidad emisora, tipo y objeto de la norma
La Resolución 114 de 2026 fue expedida por la Dirección Territorial de Santander del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), entidad encargada de la gestión catastral nacional y territorial. La norma regula el reajuste de los porcentajes de incremento aplicables a los avalúos catastrales de las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Puente Nacional, en el marco de la implementación del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Cambios normativos concretos
- Se modifican los porcentajes de incremento aplicados a las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Puente Nacional, sustituyendo los valores establecidos en la Resolución IGAC 2057 de 2025.
- Se actualizan los valores unitarios de terreno en el Sistema Nacional Catastral para reflejar estos nuevos porcentajes para la vigencia catastral del 1° de enero de 2026.
- Se mantienen sin cambios los valores para las zonas 03 y 09, tal como fueron definidos en la Resolución 2057 de 2025.
Obligaciones creadas
- La Dirección Territorial del IGAC debe actualizar la liquidación de avalúos catastrales en el Sistema Nacional Catastral conforme a los nuevos porcentajes para los predios rurales de Puente Nacional.
- El municipio de Puente Nacional debe ser informado y notificado oficialmente de estos ajustes.
- La publicación de la resolución debe efectuarse conforme al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
| Zona Geoeconómica | % Incremento según Resolución 2057 de 2025 | % Incremento Ajustado Resolución 114 de 2026 |
| 01 | 479,00 % | 124,00 % |
| 02 | 323,00 % | 231,00 % |
| 04 | 334,00 % | 262,00 % |
| 05 | 442,00 % | 307,00 % |
| 06 | 388,00 % | 334,00 % |
| 07 | 520,00 % | 411,00 % |
| 08 | 569,00 % | 442,00 % |
| 10 | 515,00 % | 316,00 % |
| 11 | 795,00 % | 291,00 % |
| 12 | 1636,00 % | 225,00 % |
Ámbito de aplicación y sujetos afectados
La resolución tiene aplicación local, específica para el municipio de Puente Nacional en el departamento de Santander. Afecta a los predios rurales ubicados en las zonas homogéneas geoeconómicas definidas dentro de dicha jurisdicción, sujetando a sus propietarios a los nuevos valores catastrales para la vigencia 2026.
Excepciones o exclusiones
No se contemplan excepciones específicas en esta resolución sobre los predios rurales de Puente Nacional. Se mantiene la exclusión general prevista en la Ley 2294 de 2023 para los predios que hayan tenido formación o actualización catastral en los últimos cinco años o que tengan procesos en curso a la fecha de expedición de la ley.
Base legal y vigencia
La expedición de la resolución se fundamenta en:
- Artículo 3° de la Ley 14 de 1983
- Artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023
- Numerales 5 y 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021
- Resolución IGAC 1912 de 2024 y Resolución IGAC 2057 de 2025
- Artículo 65 y 75 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo)
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación y es un acto administrativo de carácter general contra el cual no procede recurso alguno.
Régimen de transición o implementación
La norma modifica los porcentajes de incremento para la vigencia catastral del 1° de enero de 2026. No se establece un régimen de transición adicional ni plazos especiales para su aplicación, debiendo actualizarse los avalúos dentro del Sistema Nacional Catastral conforme a lo dispuesto.
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En síntesis, la Resolución 114 de 2026 del IGAC ajusta y actualiza los porcentajes de incremento de avalúos catastrales en las zonas rurales del municipio de Puente Nacional, reemplazando los valores anteriores para la vigencia 2026. Esta medida tendrá efectos directos en la liquidación y valoración de los predios rurales en esa jurisdicción, contribuyendo a una actualización más precisa y acorde con las condiciones actuales del mercado y la normativa vigente.