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Proyecto de Decreto: nueva composición y funciones de la Comisión CCICLA

Proviene de: Proyectos de Decreto

24 de julio de 2026 21:54:37

Entidad autora y tipo de acto propuesto

El proyecto es presentado por el Ministerio de Justicia y del Derecho como un decreto presidencial que derogaría normas anteriores y actualizaría el marco normativo de la CCICLA.

Objeto del proyecto

El proyecto propone regular la composición, funciones y organización de la CCICLA como organismo consultivo y coordinador de las acciones estatales para combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.

Cambios normativos concretos

El proyecto plantea:
  • Derogar el Decreto 3420 de 2004, los artículos 2 y 4 del Decreto 950 de 1995 y los artículos 2 al 6 del Decreto 754 de 1996.
  • Actualizar la composición de la CCICLA, pasando de cinco a once miembros permanentes, integrados por altos funcionarios de ministerios, entidades de inteligencia, fiscales, superintendencias y la Rama Judicial.
  • Establecer funciones específicas para la Comisión, incluyendo formular políticas de gobierno, recomendar medidas en línea con estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), emitir recomendaciones a comités técnicos, promover estudios y seguir las acciones estatales en la materia.
  • Crear tres comités técnicos permanentes con responsabilidades específicas: Cultura de Legalidad, Prevención y Detección, e Investigación y Juzgamiento.
  • Asignar a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero (UIAF) la Secretaría Técnica de la Comisión.
  • Establecer la obligación para las entidades integrantes del sistema ALA/CFT/CFP de reportar trimestralmente información estadística a la UIAF como parte del Sistema de Seguimiento Estadístico (SIES).
  • Modificar el artículo 1.1.3.2 del Decreto 1069 de 2015 para actualizar la denominación y alcance de la CCICLA dentro de los órganos sectoriales de asesoría y coordinación en política criminal y justicia restaurativa del sector justicia y del derecho.

Obligaciones propuestas

  • Los miembros permanentes deberán participar en las sesiones de la Comisión, que se reuniría al menos dos veces al año, de manera presencial, virtual o híbrida.
  • La UIAF, como Secretaría Técnica, deberá convocar las sesiones, elaborar actas, hacer seguimiento a propuestas regulatorias, mantener la memoria institucional y velar por la coherencia institucional.
  • Las entidades integrantes del sistema de lucha contra el lavado de activos deberán reportar trimestralmente información estadística pertinente.
  • Los comités técnicos deberán sesionar dos veces al año y elaborar reglamentos de funcionamiento que serán aprobados por la Comisión.

Ámbito de aplicación

La norma tendría alcance nacional y aplicaría a las entidades públicas que integran la CCICLA, incluyendo ministerios, entidades de inteligencia, fiscalía, superintendencias, la Rama Judicial y la UIAF, así como a los sectores público y privado vinculados a la prevención y control de los fenómenos regulados.

Estado legal y participación ciudadana

Este proyecto de decreto se encuentra en etapa de consulta pública y no está en firme ni genera efectos legales hasta su eventual aprobación. La ciudadanía y grupos de interés pueden enviar sus observaciones a través de la página web del Ministerio de Justicia y del Derecho, conforme a lo establecido en los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015. La fecha límite para la recepción de comentarios será la que disponga el Ministerio en la convocatoria oficial.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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