Entidad emisora, número y fecha
La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) expidió la Resolución CRA 1037 de 2026, el 29 de mayo de 2026.
Objeto de la norma
La resolución modifica la Resolución CRA 1027 de 2026 para ajustar los cronogramas relacionados con la expedición del nuevo marco tarifario para el servicio público de aseo en municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores, en especial para Bogotá, Distrito Capital.
Cambios normativos concretos
- Modificación del artículo cuarto de la Resolución CRA 1027 de 2026 para establecer nuevos plazos en los cronogramas de implementación del marco tarifario y las áreas de servicio exclusivo (ASE).
- Ampliación del plazo máximo de vigencia del régimen transitorio, excepcional y exclusivo para Bogotá hasta el 31 de mayo de 2028, modificando el artículo octavo de la Resolución CRA 1027 de 2026.
- Mantenimiento sin modificación de los demás artículos de la Resolución CRA 1027 de 2026.
Obligaciones creadas y cronogramas ajustados
La resolución establece responsabilidades y plazos para la CRA y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) de Bogotá, según los siguientes ajustes:
| Actividad | Responsable | Plazo |
| Expedición del acto administrativo que subroga la metodología tarifaria para prestadores con más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas. |
CRA |
Hasta tres meses desde la publicación de la resolución, descontando los periodos de suspensión administrativa. |
| Preparación y presentación de solicitud de ASE conforme a la regulación vigente. |
UAESP |
Hasta tres meses a partir de la expedición del nuevo marco tarifario o a más tardar desde el 30 de noviembre de 2026. |
| Análisis y decisión sobre la solicitud de ASE. |
CRA |
Hasta cinco meses a partir de la actividad anterior. |
| Licitación pública para el esquema definitivo de prestación del servicio. |
UAESP |
Hasta seis meses a partir de la decisión sobre la solicitud de ASE. |
| Adjudicación y puesta en operación del esquema definitivo. |
UAESP |
Hasta cuatro meses a partir de la licitación pública. |
Además, la CRA evaluará el cumplimiento de estos cronogramas para evitar la regresión de las acciones afirmativas dirigidas a la población recicladora de oficio y garantizar el empalme con el esquema definitivo.
Ámbito de aplicación
La resolución aplica para el servicio público de aseo en Bogotá, Distrito Capital, y afecta a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) y a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) de Bogotá, como principales responsables de implementar las medidas y cronogramas establecidos.
Excepciones y régimen transitorio
La resolución mantiene la naturaleza transitoria y excepcional de la regulación para Bogotá, en cumplimiento del Auto 2059 de 2025 de la Corte Constitucional, que ordena preservar las acciones afirmativas en favor de la población recicladora de oficio. No se somete al procedimiento de publicidad de proyectos regulatorios dada la situación de orden público, económico y social reconocida por la Corte.
Base legal
La norma se expide en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 142 de 1994, los Decretos 1524 de 1994, 2882 y 2883 de 2007, y en cumplimiento del Auto 2059 de 2025 de la Corte Constitucional, así como disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y estará vigente hasta el 31 de mayo de 2028 como máximo.
Régimen de transición y plazos de implementación
La ampliación del plazo para la expedición del nuevo marco tarifario se establece en un término máximo de tres meses contados desde la publicación de la resolución, excluyendo suspensiones administrativas que hayan afectado el procedimiento. Los cronogramas posteriores para las actividades de solicitud, análisis, licitación y adjudicación en el Distrito Capital se ajustan con plazos específicos en meses, iniciando a partir de la expedición del nuevo marco tarifario o a partir del 30 de noviembre de 2026 en caso de retrasos. En caso de no expedirse el marco tarifario a esa fecha, la UAESP deberá iniciar el proceso de solicitud de ASE para garantizar la continuidad del régimen transitorio.
Publíquese y cúmplase.