Contexto y fundamento jurídico
El proyecto se basa en las facultades de la Superintendencia Financiera para instruir a las instituciones vigiladas sobre el cumplimiento normativo y la administración de riesgos en sus actividades. La Constitución Política y el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero respaldan estas funciones, que han sido ratificadas por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado.
Además, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ha señalado que las sociedades fiduciarias deben actuar con un estándar elevado de diligencia, equiparable al de un profesional experto, resguardando el interés público y la confianza depositada en ellas.
Orden judicial y respuesta de la Superintendencia
En una sentencia de enero de 2026, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a la Superintendencia ajustar y fortalecer los mecanismos de control preventivo y concomitante sobre negocios fiduciarios que involucren recursos públicos, sin imponer autorizaciones previas ni sustituir la autonomía técnica de las entidades vigiladas. Este mandato fue confirmado mediante providencia aclaratoria, que estableció la necesidad de emitir una circular con lineamientos claros sobre la gestión de riesgos y la debida diligencia.
El Consejo de Estado, en decisión reciente, confirmó que la Superintendencia cuenta con facultades para emitir instrucciones relacionadas con negocios fiduciarios, reforzando la legitimidad de esta iniciativa regulatoria.
Contenido principal del proyecto de circular
El proyecto establece que las sociedades fiduciarias deben evaluar desde la etapa precontractual hasta la liquidación la compatibilidad jurídica de los negocios fiduciarios con la naturaleza y finalidad de los recursos públicos administrados. Se exige la identificación clara de las partes y las normas aplicables, así como la conservación de documentación que acredite la autorización legal y presupuestal para la transferencia de recursos.
En cuanto a la gestión de riesgos, se deben implementar mecanismos de monitoreo y control que permitan identificar señales de alerta sobre posibles riesgos de pérdida o uso indebido de recursos públicos. Además, se establecen deberes de consulta ante autoridades competentes y reporte inmediato de hechos relacionados con la destinación indebida de recursos.
El proyecto también contempla la incorporación de políticas y procedimientos en el sistema de control interno de las sociedades fiduciarias, con aprobación de la junta directiva, asignación clara de responsabilidades y programas de capacitación.
Modificación al módulo de registro de negocios
Se propone modificar el módulo de registro para que las sociedades fiduciarias reporten información detallada sobre los negocios fiduciarios que involucren recursos públicos, incluyendo la naturaleza de estos recursos y la existencia de políticas para su inversión. La información deberá actualizarse permanentemente para garantizar su integridad y trazabilidad.
Plazos y vigencia
El proyecto establece un plazo para la recepción de comentarios hasta el 11 de agosto de 2026. Las sociedades fiduciarias deberán realizar pruebas obligatorias de reporte entre el 6 y el 20 de agosto de 2026 y actualizar la información en el módulo en un plazo máximo de tres meses a partir del 7 de septiembre de 2026. Las disposiciones sobre gestión de riesgos deberán implementarse en un plazo no mayor a cuatro meses desde la publicación de la circular, la cual regirá a partir de su publicación.
Este proyecto representa un avance importante en la regulación y supervisión de la administración de recursos públicos mediante negocios fiduciarios, buscando garantizar la transparencia y la protección del patrimonio público. Con su adopción, se espera fortalecer la confianza de la ciudadanía en la gestión fiduciaria y promover prácticas responsables y efectivas en el manejo de fondos públicos.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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