Entidad autora y tipo de acto propuesto
El Ministerio de Justicia y del Derecho propone un decreto para modificar una disposición reglamentaria relativa a la tramitación de las acciones de tutela.
Objeto del proyecto
El proyecto busca regular el proceso de radicación y reparto de las acciones de tutela, estableciendo un mecanismo electrónico y aleatorio de distribución en el distrito judicial competente.
Cambios normativos concretos
De aprobarse el texto, se introducirían las siguientes modificaciones:
- Se adiciona un parágrafo 4º al artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, que permite la radicación de la acción de tutela a través de una ventanilla judicial electrónica única nacional, sin perjuicio de los canales presenciales para personas sin conectividad o con protección constitucional especial.
- Se aclara que la radicación electrónica no implica libre escogencia del despacho judicial y que la fecha y hora de radicación se entenderán surtidas según la constancia emitida por el sistema.
- El sistema electrónico clasificará la materia, nivel funcional y distrito judicial competente, para asignar el asunto de manera aleatoria entre los jueces de dicho distrito.
- El mecanismo tendrá en cuenta criterios para balancear razonablemente la carga laboral de los despachos, incluyendo promedio de ingresos, existencia de tutelas masivas o seriadas, planta de personal y estadísticas de reparto.
- En departamentos donde existan dos o más distritos judiciales o administrativos, para efectos del reparto de tutelas se considerarán como una unidad, sin modificar la organización territorial ni la competencia jurisdiccional.
Obligaciones propuestas
- Los ciudadanos podrán radicar acciones de tutela mediante la plataforma electrónica nacional habilitada para tal fin o por los canales presenciales establecidos para casos especiales.
- El sistema de reparto deberá asignar las tutelas de forma aleatoria dentro del distrito judicial, aplicando criterios de balance de carga laboral de forma progresiva.
Ámbito de aplicación
La norma tendría aplicación a nivel nacional, en todos los distritos judiciales del país. Estarían sujetos a la regulación las autoridades judiciales encargadas de tramitar acciones de tutela y los usuarios del sistema de justicia constitucional.
Estado legal y participación ciudadana
Este proyecto de decreto no se encuentra en firme ni genera efectos legales hasta su eventual aprobación y publicación oficial. La ciudadanía y los interesados pueden participar en la fase de comentarios y observaciones hasta la fecha límite establecida para tal efecto (la cual deberá ser consultada en la plataforma oficial del Ministerio de Justicia). Los canales habilitados para recibir comentarios incluyen correos electrónicos institucionales, plataformas web de participación ciudadana y direcciones físicas indicadas por el Ministerio.
Régimen de transición
El proyecto establece que el decreto regirá a partir de la fecha de su publicación oficial. No se indican plazos específicos para la implementación progresiva del sistema electrónico, pero se entiende que las disposiciones serán aplicables una vez entre en vigencia el decreto.