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Proyecto de resolución del Ministerio de Comercio propone crear Comité de Territorios Turísticos de Paz

Proviene de: Proyectos de Resolución

28 de julio de 2026 16:15:10

Entidad proponente y fecha de publicación

El proyecto de resolución fue propuesto por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Se encuentra publicado para recibir comentarios y observaciones, sin que se haya indicado en el texto un plazo específico para la participación ciudadana.

Objeto del proyecto

El proyecto tiene por objeto suprimir el Comité de Turismo, Paz y Convivencia creado por la Resolución 3159 de 2015 y crear en su lugar el Comité de Territorios Turísticos de Paz como instancia consultiva del Ministerio. Este Comité asesoraría en la planeación, dirección, concertación y ejecución de acciones en conjunto con las entidades territoriales para la implementación y consolidación de la estrategia “Turismo para una cultura de paz”, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y el Plan Sectorial de Turismo 2022-2026.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto establecería las siguientes disposiciones principales:
  • Supresión del Comité de Turismo, Paz y Convivencia y creación del Comité de Territorios Turísticos de Paz como órgano consultivo.
  • Ámbito de aplicación: Obligatorio para actores públicos y privados, dependencias del Ministerio y demás entidades públicas vinculadas a la estrategia “Turismo para una cultura de paz”.
  • Integración del Comité: Estaría compuesto por:
    • Viceministro(a) de Turismo o su delegado (presidente del Comité).
    • Director(a) de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo o su delegado (presidente en ausencia del Viceministro(a)).
    • Un representante de autoridades municipales y departamentales de territorios donde se implemente la estrategia.
    • Un representante de víctimas del conflicto armado vinculadas a servicios turísticos con Registro Nacional de Turismo vigente y beneficiarios del sello “Colombia destinos de paz”.
    • Un representante de firmantes del Acuerdo Final de Paz, reincorporados o desmovilizados de grupos armados al margen de la ley, vinculados a servicios turísticos con Registro Nacional de Turismo vigente y beneficiarios del sello mencionado.
    • Dos representantes de territorios priorizados en la estrategia, con Registro Nacional de Turismo vigente y beneficiarios del sello.
  • Invitados permanentes con voz, sin voto: representantes de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, y la Agencia de Renovación del Territorio.
  • Funciones del Comité: Analizar situaciones de los territorios, recomendar acciones para desarrollo turístico y construcción de paz, presentar recomendaciones en materia de competitividad, infraestructura y promoción turística, concertar planes y proyectos regionales, identificar oportunidades de cooperación, apoyar seguimiento y evaluación de la estrategia, y demás actividades de asesoría.
  • Secretaría Técnica: Estaría a cargo de un funcionario designado por el Viceministro(a) de Turismo, con funciones de apoyo técnico, seguimiento, convocatoria de reuniones, elaboración de actas, informes y demás funciones asignadas.
  • Designación y selección de representantes: Mediante convocatoria pública liderada por la Dirección de Calidad y Desarrollo Sostenible del Turismo del Ministerio, con criterios de publicidad, transparencia, imparcialidad, participación e inclusión. La selección la realizarían varios funcionarios del Ministerio según parámetros establecidos en el proyecto.
  • Periodo de integración: Los representantes designados ejercerían su rol por dos años.
  • Reuniones: El Comité se reuniría ordinariamente al menos tres veces al año, con posibilidad de reuniones extraordinarias. Las decisiones se adoptarían por mayoría simple y la participación sería ad honorem.
  • Reglamento interno: El Comité tendría seis meses desde su instalación para darse su propio reglamento de funcionamiento.
  • Derogatoria: La resolución derogaría expresamente la Resolución 3159 de 2015 y las disposiciones contrarias.

Ámbito de aplicación

El proyecto tendría alcance nacional y vincularía a actores públicos y privados, así como a entidades territoriales y demás entidades públicas participantes en la estrategia “Turismo para una cultura de paz”.

Plazo y mecanismos para la participación ciudadana

El proyecto fue publicado en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo para recibir observaciones, en cumplimiento con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. No se especifica en el texto un plazo concreto para la recepción de comentarios ni los canales exactos de participación. Presumiblemente, la participación se daría a través de los mecanismos habituales del Ministerio, como correo electrónico o formularios web, conforme a la regulación vigente.

Base legal y contexto normativo

El proyecto se sustenta en las facultades conferidas al Ministerio por el artículo 2 numeral 30 y el artículo 32 del Decreto 210 de 2003, el Decreto 0623 del 2025, y se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 y el Plan Sectorial de Turismo 2022-2026. Además, deroga la Resolución 3159 de 2015, que creó el Comité de Turismo, Paz y Convivencia.

Disposiciones transitorias

Los documentos, actas e informes producidos por el Comité suprimido continuarían bajo custodia del Ministerio y formarían parte de los antecedentes institucionales. La instalación del nuevo Comité debería realizarse dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la resolución. --- Este resumen ejecutivo presenta la propuesta contenida en el proyecto de resolución del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el cual permanece en etapa de consulta pública y no genera efectos jurídicos hasta su eventual expedición. La participación ciudadana y la consulta pública serán fundamentales para enriquecer el contenido final de esta normativa, con miras a fortalecer el turismo como motor de desarrollo y construcción de paz en Colombia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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