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Resolución CREG 502182 de 2025: Aprobación del Mercado Relevante y Cargos de Distribución de Gas Natural en Puente Nacional

Proviene de: Resoluciones

28 de julio de 2026 21:49:47

Entidad emisora, tipo de acto y fecha

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió la Resolución No. 502182 el 8 de noviembre de 2025.

Objeto de la norma

La resolución regula la aprobación del Mercado Relevante de Distribución para el municipio de Puente Nacional y los centros poblados asociados en Santander, así como la fijación del cargo de distribución por uso del sistema de distribución de gas natural por redes de tubería para dicho mercado.

Cambios normativos concretos

  • Se aprueba el Mercado Relevante de Distribución conformado por el municipio de Puente Nacional y los centros poblados de Peñitas, Jarantiva, Capilla, Alto Capilla, Urumal, Alto Cantano, Bajo Cantano, Bajo Guamito, Río Suárez, Montes, Bajo San Dimas, Medios, Petaqueros, Culebrilla, Bajo Semisa, Alto Semisa, Semisa, Iroba, Rincón, Cuchilla, Popoa Norte, Popoa Sur y Popoita.
  • Se establecen dos submercados dentro del mercado relevante:
    • Submercado 1: municipio de Puente Nacional.
    • Submercado 2: los centros poblados mencionados en el municipio de Puente Nacional.
  • Se fija un único cargo por uso del sistema de distribución para ambos submercados, aplicable a usuarios residenciales y no residenciales, considerando que todos los usuarios están conectados a la red secundaria.
  • Se aprueban los cargos de distribución específicos para cada submercado, incluyendo componente de inversión y gastos de administración, operación y mantenimiento (AOM).
  • Se ratifica la aplicación de la fórmula tarifaria establecida en la Resolución CREG 137 de 2013 y sus modificaciones para el cálculo del cargo de distribución.

Obligaciones creadas

  • Las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de gas combustible que operen en el Mercado Relevante aprobado deben aplicar obligatoriamente los cargos de distribución fijados en la resolución.
  • Los cargos de distribución estarán vigentes por cinco (5) años contados a partir de la fecha de firmeza de la resolución.
  • Los cargos de distribución se actualizarán conforme a lo dispuesto en la metodología tarifaria vigente, en particular el artículo 12 de la Metodología de Distribución, modificado por la Resolución CREG 125 de 2015.

Ámbito de aplicación

La norma tiene aplicación regional, específicamente para el Mercado Relevante de Distribución conformado por el municipio de Puente Nacional y los centros poblados asociados en el departamento de Santander. Está dirigida a las empresas distribuidoras de gas combustible que presten servicio en este mercado.

Excepciones o exclusiones

Se establece que el componente de inversión financiado con recursos públicos aportados por el municipio de Puente Nacional para el submercado 2 no será incluido en el cálculo del cargo de distribución. Esta disposición se acoge a lo previsto en el numeral 87.9 del artículo 87 de la Ley 142 de 1994, modificado por la Ley 1450 de 2011.

Base legal para la expedición

La resolución se expide en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 142 de 1994, en desarrollo de los Decretos 2253 de 1994 y 1260 de 2013, y conforme a los artículos y numerales específicos de la Ley 142 relacionados con la regulación tarifaria del servicio público domiciliario de gas combustible.

Vigencia y régimen de transición

  • La resolución entra en vigencia a partir de la fecha en que quede en firme.
  • Los cargos de distribución fijados tendrán una vigencia de cinco (5) años, prorrogables mientras la CREG no defina nuevas fórmulas tarifarias.
  • Se mantiene la vigencia de la fórmula tarifaria establecida en la Resolución CREG 137 de 2013 durante el término de vigencia de las fórmulas tarifarias vigentes.

Resumen de cargos de distribución aprobados

Submercado Tipo de Usuario Cargo de Distribución Total ($/m3) Componente Inversión PROMESA ($/m3) Componente Gastos AOM ($/m3)
1 (Puente Nacional) Residencial 1,528.99 794.88 734.10
1 (Puente Nacional) No residencial 1,528.99 794.88 734.10
2 (Centros poblados) Residencial 734.10 0.00 734.10
2 (Centros poblados) No residencial 734.10 0.00 734.10

Con esta resolución, la CREG busca garantizar un marco tarifario claro y estable que permita la adecuada prestación del servicio de distribución de gas natural en Puente Nacional y sus centros poblados, promoviendo la eficiencia y la sostenibilidad del sistema.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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