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Confirmada sanción disciplinaria contra abogado por intervención en acto fraudulento tras accidente de tránsito

Proviene de: 20260729

29 de julio de 2026 20:2:56

Contexto y hechos relevantes

El caso se originó a partir de un accidente de tránsito ocurrido en julio de 2022, en el cual una persona sufrió lesiones permanentes. El conductor del vehículo involucrado, representado por un abogado, no contaba con SOAT ni póliza de seguro contra terceros, generando un riesgo patrimonial relevante para la reparación de la víctima. Posteriormente, el abogado intervino como comprador en la transferencia de un apartamento perteneciente al conductor, operación realizada meses después del accidente y antes de una audiencia penal de conciliación. Esta transferencia habría tenido como propósito sustraer un activo susceptible de respaldar las pretensiones indemnizatorias de la víctima.

Procedimiento disciplinario y decisiones

Tras la apertura del proceso disciplinario, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Antioquia sancionó al abogado con suspensión de cuatro meses en el ejercicio profesional y multa equivalente a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes, por incurrir en falta dolosa según el artículo 33 numeral 9 y violar el deber profesional del artículo 28 numeral 6 de la Ley 1123 de 2007. El abogado apeló la decisión argumentando que la transferencia correspondía al cumplimiento de una promesa de compraventa previa y que actuó de buena fe, además de negar el vínculo profesional en la fecha de la transferencia. Sin embargo, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial revisó el caso y confirmó la sanción, basándose en la evidencia documental y testimonial que demostró la intervención consciente y dolosa del abogado en un acto fraudulento.

Fundamentos jurídicos

La Comisión destacó que el artículo 33 numeral 9 de la Ley 1123 de 2007 sanciona al abogado que aconseja o interviene en actos fraudulentos en detrimento de intereses ajenos. Se subrayó que para tipificar la falta no es necesaria una condena penal previa ni la consumación efectiva del daño, sino que basta la participación profesional en actos que alteren la verdad o dificulten la eficacia de derechos patrimoniales de terceros. Además, se recordó que la compraventa de bienes raíces requiere escritura pública y la inscripción en el registro de instrumentos públicos para ser oponible a terceros, reglas que impiden equiparar promesas o tenencia material con titularidad legal. La transferencia del apartamento, realizada después del accidente y sin justificación clara del pago, afectó la garantía patrimonial de la víctima y vulneró el deber profesional de colaborar lealmente con la justicia.

Impacto y conclusiones

Esta decisión reafirma la importancia del cumplimiento estricto de los deberes éticos y profesionales de los abogados, especialmente en casos relacionados con la administración de justicia y protección de derechos de terceros. La sanción aplicada responde a principios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad, y busca preservar la transparencia y lealtad que debe caracterizar el ejercicio profesional. La Comisión ordenó además la anotación de la sanción en el Registro Nacional de Abogados y dispuso la comunicación a las oficinas competentes para garantizar su cumplimiento y publicidad. De esta manera, se envía un mensaje claro sobre la intolerancia frente a conductas que vulneran la confianza pública y afectan el correcto funcionamiento del sistema judicial, promoviendo un ejercicio profesional íntegro y responsable.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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