Contexto y origen de la investigación
La investigación disciplinaria se inició a partir de una compulsa de copias ordenada por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá en un proceso penal relacionado con un recurso de apelación que debía resolverse en segunda instancia. La investigación tenía como objeto verificar presuntas irregularidades en el seguimiento de los términos procesales que llevaron a la declaratoria de prescripción de la acción penal.
Trámite procesal y hallazgos
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, competente para conocer procesos disciplinarios contra magistrados de tribunales superiores, llevó a cabo la investigación conforme a las pruebas recaudadas. Se estableció que el proceso fue asignado al despacho del magistrado investigado en octubre de 2023. En noviembre de 2023, se convocó audiencia para la lectura de decisión, en la cual se declaró extinguida la acción penal por prescripción.
Posteriormente, la Fiscalía interpuso recurso de reposición al considerar que la fecha correcta del traslado del escrito de acusación era posterior, lo que modificaría el término de prescripción. Tras revisar el caso, la Sala Penal repuso la providencia inicial y ordenó que el expediente regresara al despacho para emitir el pronunciamiento de segunda instancia.
En febrero de 2025, un profesional adscrito al despacho detectó que, a pesar de que el expediente figuraba como tramitado, en realidad estaba pendiente de trámite, debido a un error involuntario en el registro realizado por empleados del despacho. Este error generó confusión sobre el estado procesal y contribuyó a la prescripción de la acción penal.
Decisión final y consideraciones
La Sala de Decisión de Instrucción de Desempate concluyó que no existió reproche disciplinario para el magistrado, ya que el retraso y la prescripción se derivaron de un error administrativo por parte de los empleados judiciales y no de una actuación indebida del juez. En consecuencia, aplicó los artículos 90 y 250 de la Ley 1952 de 2019, decretando la terminación del procedimiento y el archivo definitivo de la investigación disciplinaria.
Adicionalmente, se ordenó compulsar copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que investigue las posibles irregularidades cometidas por los empleados judiciales involucrados en el trámite del proceso.
Implicaciones prácticas
Este caso resalta la importancia de la adecuada gestión administrativa y registro en los despachos judiciales para evitar errores que puedan afectar el desarrollo procesal y la administración de justicia. Además, reafirma que la responsabilidad disciplinaria recae en el funcionario que actúa directamente, sin extenderse a errores administrativos involuntarios cometidos por el personal de apoyo.
La decisión empezó a regir desde la fecha de la providencia de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, notificándose conforme a los protocolos establecidos para garantizar la transparencia y legalidad del proceso. De este modo, se fortalece la confianza en los mecanismos de control disciplinario y se promueve la mejora continua en la administración judicial.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
Ver planes disponibles