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Proyecto de resolución del Ministerio de Salud modificaría incorporación del Resumen Digital de Atención en Colombia

Proviene de: Proyectos de Resolución

30 de julio de 2026 16:41:35

Entidad proponente y periodo de consulta

El Ministerio de Salud y Protección Social publicó el proyecto de resolución y su memoria justificativa para comentarios entre el 15 y el 25 de mayo de 2026, conforme a lo previsto en la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015.

Objeto del proyecto

El proyecto de resolución modificaría la Resolución 1888 de 2025 para incorporar el Resumen Digital de Atención en Salud (RDA) de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud, estableciendo disposiciones técnicas y operativas para la interoperabilidad, trazabilidad y gestión integral del ciclo de suministro de tecnologías en salud desde la prescripción hasta la dispensación o administración.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto establecería las siguientes disposiciones principales:
  • Ámbito de aplicación: Vincularía a los actores descritos en la Resolución 866 de 2021, operadores logísticos de tecnologías en salud, gestores farmacéuticos e instituciones prestadoras habilitadas para servicios farmacéuticos, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud y las actividades relacionadas con el suministro y dispensación de medicamentos con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
  • Contenido del RDA: Definiría los tipos iniciales de RDA a implementar:
    • Paciente: datos clínicos tras evento de atención.
    • Hospitalización (internación): datos de atención intrahospitalaria.
    • Consulta externa: datos clínicos de atención ambulatoria.
    • Urgencias (atención inmediata): datos de atención en urgencias.
    • Dispensación de medicamentos y tecnologías en salud: información relacionada con prescripción, direccionamiento, programación y dispensación.
  • Servicios de interoperabilidad asociados al RDA: Generación, envío, búsqueda y consulta del RDA, garantizando seguridad, integridad, confidencialidad y acceso restringido.
  • Implementación de la IHCE: Los sujetos obligados deberán implementar la IHCE conforme a responsabilidades establecidas, con las entidades territoriales encargadas de supervisar, vigilar y monitorear la incorporación de los prestadores en su territorio, articular comunicaciones y participar en actividades convocadas por el Ministerio.
  • Plazo transitorio: Se otorgaría un plazo de seis (6) meses a partir del 1 de agosto de 2026 para que operadores logísticos, gestores farmacéuticos e instituciones prestadoras adecuen sus sistemas al nuevo modelo de interoperabilidad y requisitos técnicos.
  • Modelo de operación y arquitectura técnica: Desarrollaría un modelo detallado para generación, envío, búsqueda, consulta y gestión interoperable de prescripciones, direccionamiento, programación y dispensación, con componentes tecnológicos bajo la responsabilidad del Ministerio y los actores del sistema.
  • Seguridad informática: Establecería lineamientos técnicos obligatorios para garantizar privacidad, integridad, confidencialidad, autenticidad y disponibilidad de la información, incluyendo el uso de protocolos HTTPS con cifrado TLS 1.3 o superior, autenticación de dos niveles, control de acceso basado en roles (RBAC), encriptación de datos, monitoreo en tiempo real de transacciones y planes de continuidad del negocio y recuperación ante desastres.
  • Estructura y estándares de los RDA: Definiría detalladamente los elementos de datos clínicos y administrativos que deben contener los distintos tipos de RDA y las estructuras de intercambio asociadas a la gestión farmacéutica (direccionamiento, programación y dispensación), con especificaciones de formato en JSON conforme al estándar HL7 FHIR.

Ámbito de aplicación y sujetos obligados

El proyecto aplicaría a nivel nacional y obligaría a:
  • Actores descritos en la Resolución 866 de 2021.
  • Operadores logísticos de tecnologías en salud.
  • Gestores farmacéuticos.
  • Instituciones prestadoras habilitadas para el servicio farmacéutico.
Estas entidades quedarían sujetas a las responsabilidades y obligaciones previstas en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud y la normatividad conexa.

Participación ciudadana

El proyecto de resolución fue publicado para recibir observaciones y comentarios en un plazo de diez (10) días hábiles, comprendido entre el 15 y el 25 de mayo de 2026. La ciudadanía y los actores interesados podrían participar mediante los canales dispuestos por el Ministerio de Salud y Protección Social, conforme a los procedimientos establecidos en la Ley 1437 de 2011 y el Decreto 1081 de 2015.

Base legal y modificaciones normativas

El proyecto se fundamentaría en las facultades conferidas por los artículos 112 de la Ley 1438 de 2011, 19 de la Ley 1751 de 2015, 3 de la Ley 2015 de 2020 y otras disposiciones legales relacionadas con la regulación del Sistema General de Seguridad Social en Salud y la interoperabilidad en salud. Además, modificaría los artículos 2, 3 y 5 de la Resolución 1888 de 2025, incorporando el RDA de dispensación de medicamentos y tecnologías en salud y actualizando las obligaciones y responsabilidades de los sujetos obligados.

Conclusión

El proyecto de resolución del Ministerio de Salud y Protección Social busca establecer un marco técnico, operativo y jurídico para la incorporación del Resumen Digital de Atención de dispensación de medicamentos dentro del mecanismo de Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica, con el propósito de mejorar la trazabilidad, disponibilidad y seguridad de la información en salud. Su publicación para comentarios públicos permite la participación de la ciudadanía y los actores del sistema antes de su posible expedición definitiva, promoviendo así un sistema de salud más integrado, eficiente y transparente en Colombia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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