Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un auto interlocutorio proferido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en ejercicio del medio de control de nulidad, dentro de la instancia de admisión de la demanda.
Sentido de la decisión
El tribunal
admitió la demanda presentada contra la Directiva 01 de 2025, que contiene lineamientos para la aplicación de salvaguardas en relación con territorios indígenas y territorios campesinos. En consecuencia, se ordenan las siguientes medidas procesales:
- Notificación personal al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
- Notificación por estado al demandante.
- Notificación personal al procurador delegado ante la Sección Primera del Consejo de Estado.
- Notificación personal a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
- Remisión inmediata de copia de la providencia, la demanda y sus anexos a las partes notificadas.
- Traslado de la demanda a la parte demandada, al procurador delegado y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que contesten, propongan excepciones, soliciten pruebas o llamen en garantía dentro de un término de treinta días.
- Orden de informar a la comunidad sobre la existencia del proceso a través del sitio web del Consejo de Estado.
Razón principal de la decisión
La admisión se fundamenta en que la demanda cumple con las formalidades establecidas en los artículos 162 a 166 del CPACA y en el artículo 137 del mismo código, por lo que procede iniciar el trámite de nulidad contra la Directiva cuestionada.
Antecedentes procesales y fácticos relevantes
El demandante interpuso un medio de control de nulidad contra la Directiva 01 de 2025, emitida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la cual establece lineamientos para la aplicación de salvaguardas en territorios indígenas y zonas en constitución de territorialidades campesinas, tales como Zonas de Reserva Campesina (ZRC) y Territorios Campesinos Agroalimentarios (TECAM). El tribunal verificó el cumplimiento de requisitos formales para admitir la demanda.
Efectos jurídicos de la providencia
La admisión de la demanda implica que el proceso de nulidad continuará su trámite, vinculando al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, al procurador delegado y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. La parte demandada tiene el deber de contestar la demanda y aportar los antecedentes administrativos del acto cuestionado dentro del plazo otorgado, bajo apercibimiento de sanciones disciplinarias. Además, se ordena la publicación del proceso para conocimiento público.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.