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Circular 40025 de 2026: medidas para garantizar el suministro eléctrico en jornada electoral

Proviene de: Circulares

4 de agosto de 2026 0:57:17

Entidad emisora, número, tipo de acto y fecha de expedición

La Circular 40025 fue emitida por el Ministerio de Minas y Energía el 12 de junio de 2026. Se trata de una comunicación dirigida a las empresas del sector eléctrico.

Objeto de la norma

La circular regula la adopción y reforzamiento de medidas para garantizar la continuidad y confiabilidad del suministro de energía eléctrica durante la jornada electoral del 21 de junio de 2026 y las etapas posteriores de escrutinio.

Cambios normativos concretos

  • Reitera y complementa las medidas establecidas en las Circulares 40022 del 12 de mayo de 2026 y 40011 del 25 de febrero de 2026.
  • Solicita la adopción de medidas preventivas, correctivas y de contingencia para asegurar la prestación adecuada del servicio eléctrico en la jornada electoral.
  • Establece la obligación de mantener un monitoreo permanente de las condiciones operativas tanto del Sistema Interconectado Nacional (SIN) como de las Zonas No Interconectadas (ZNI), con especial atención en estas últimas.
  • Refuerza la necesidad de disponer de personal técnico y mecanismos para la atención inmediata de cualquier eventualidad que pueda afectar el suministro eléctrico durante el evento electoral.
  • Ordena informar oportunamente cualquier situación de riesgo, alerta o incidente que pueda impactar la prestación del servicio o la infraestructura eléctrica asociada a la jornada electoral y procesos de escrutinio.

Obligaciones creadas

  • Empresas del sector eléctrico: adoptar medidas preventivas, correctivas y de contingencia para garantizar la continuidad del servicio durante la jornada electoral y escrutinio.
  • Realizar monitoreo permanente de las condiciones operativas del SIN y ZNI.
  • Disponer de personal técnico y mecanismos de atención inmediata para responder a riesgos o incidentes.
  • Reportar oportunamente cualquier riesgo, alerta o situación que pueda afectar la prestación del servicio o la infraestructura.

Ámbito de aplicación

La circular tiene alcance nacional y está dirigida a todas las empresas del sector eléctrico que operan en el territorio colombiano, incluyendo tanto el Sistema Interconectado Nacional (SIN) como las Zonas No Interconectadas (ZNI).

Excepciones o exclusiones

No se contemplan excepciones ni exclusiones expresas en la circular.

Base legal

La circular se expide en cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo 10 del Decreto 1066 de 2015 y el artículo 1 del Decreto 800 de 2025, en el marco de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales.

Fecha de entrada en vigencia

La Circular 40025 entró en vigencia a partir de su fecha de expedición, el 12 de junio de 2026.

Régimen de transición o plazos de implementación

La circular reitera medidas ya establecidas en comunicaciones previas, por lo que las empresas deben continuar su cumplimiento inmediato y permanente durante la jornada electoral y procesos de escrutinio.

Contacto para seguimiento y atención

El Ministerio de Minas y Energía dispone de un equipo de seguimiento y atención para eventuales eventualidades, integrado por representantes de la viceministra de Energía, coordinadores y profesionales de las direcciones relacionadas con energía eléctrica. Este equipo está disponible para recibir información, coordinar respuestas y garantizar la rápida atención a cualquier incidente que pudiera afectar el suministro eléctrico durante el evento electoral y el proceso de escrutinio, asegurando así la estabilidad y confiabilidad del servicio.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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