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Agencia Nacional de Contratación Pública aclara inclusión de experiencia adicional en documentos tipo

Proviene de: Conceptos

4 de agosto de 2026 0:55:59

Criterios para la inclusión de experiencia adicional en documentos tipo

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente (ANCP) recordó que los documentos tipo expedidos bajo la Ley 2022 de 2020 son de obligatoria observancia para las entidades estatales sujetas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP). Estos documentos estandarizan los requisitos de experiencia para procesos de contratación en sectores como infraestructura de transporte, agua potable, saneamiento básico y social. Cuando el objeto contractual incluya obras, bienes o servicios adicionales a la obra pública tradicional, la entidad contratante puede incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad de los oferentes, siempre y cuando dicha experiencia no se encuentre ya contemplada en las matrices de experiencia de los documentos tipo. Para ello, la entidad debe demostrar mediante estudios previos que la experiencia adicional responde a las condiciones de mercado y a la complejidad del objeto contractual. La entidad estatal debe abstenerse de exigir experiencia que incluya volúmenes o cantidades específicas expresadas en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), así como requisitos exclusivos de experiencia con entidades estatales o en territorios determinados. Además, la experiencia debe clasificarse solo hasta el tercer nivel del clasificador de bienes y servicios de Naciones Unidas (UNSPSC), incluyendo únicamente los códigos relacionados directamente con el objeto a contratar.

Aplicación práctica y ejemplos sectoriales

En casos donde el proceso involucre actividades de cerramiento dentro de obras públicas, se debe evaluar si estas actividades son relevantes y están contempladas en las matrices de experiencia de los sectores correspondientes. Por ejemplo, en el sector social, existen actividades específicas de cerramiento para infraestructura de servicio público que pueden considerarse para acreditar experiencia. La agencia enfatiza que si el proceso es únicamente para el suministro de bienes como mallas para cerramiento, no es forzosa la utilización de documentos tipo para infraestructura; pero si el cerramiento es parte integral de una obra o infraestructura mayor, la experiencia para garantizar la idoneidad debe ser justificada y respaldada en estudios previos.

Fundamento normativo y recursos para entidades

Este pronunciamiento se sustenta en la Ley 2022 de 2020, el Decreto Ley 4170 de 2011 y la Resolución 465 de 2024, que regula la versión actualizada de los documentos tipo para licitación pública en el sector transporte. La agencia también recuerda que los documentos tipo solo pueden ser modificados en los aspectos expresamente permitidos, respetando la regla de inalterabilidad. Los documentos tipo y las matrices de experiencia están disponibles para consulta en la página oficial de Colombia Compra Eficiente. Además, la entidad ofrece una guía para la comprensión e implementación de los documentos tipo, que incluye orientaciones sobre criterios ambientales y sociales en contratación pública. Finalmente, la agencia invita a los servidores públicos, proveedores y demás interesados a fortalecer sus capacidades mediante el curso de contratación pública sostenible y socialmente responsable, disponible en su plataforma de formación virtual. Esta claridad en la regulación busca promover procesos de contratación más transparentes, eficientes y competitivos, garantizando la idoneidad de los oferentes sin restringir la pluralidad ni la concurrencia en los procesos públicos. De esta forma, se contribuye al fortalecimiento del sistema de contratación pública en Colombia, asegurando que las contrataciones respondan a las necesidades reales y específicas de cada proyecto, sin perder los principios de igualdad y libre competencia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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