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Resolución DGEN 20267000148 de 2026: tarifas y procedimiento para cobro de servicios ambientales en Cundinamarca

Proviene de: Resoluciones

3 de agosto de 2026 20:19:42

Entidad emisora, tipo de acto y fecha de expedición

La resolución fue expedida por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) a través del Director General el 8 de mayo de 2026.

Objeto de la norma

La norma regula la fijación de tarifas y el procedimiento para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental que presta la CAR en el ejercicio de sus funciones.

Cambios normativos concretos

  • Se establece una nueva metodología para la liquidación y cobro de tarifas por servicios de evaluación y seguimiento ambiental.
  • Se actualizan los criterios para el cobro de servicios relacionados con licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y otros instrumentos de control y manejo ambiental.
  • Se incorporan tarifas diferenciales para ciertos usuarios, especialmente en concesiones de aguas superficiales, con base en indicadores de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) del DANE.
  • Se incluyen nuevos servicios sujetos a cobro, como autorizaciones para aprovechamiento de árboles aislados y certificaciones ambientales.
  • Se establece que los cobros deben expresarse en Unidades de Valor Básico (UVB), ajustables anualmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Se deroga la vigencia del Acuerdo CAR 02 de 2017 una vez entre en vigor esta resolución.

Obligaciones creadas y procedimiento de cobro

  • Los usuarios de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental deberán cancelar las tarifas establecidas para cada tipo de trámite o servicio.
  • La liquidación del valor a pagar se realizará a través del portal de usuarios de la CAR, con opción de pago en línea o presencial.
  • El pago debe realizarse antes de presentar documentos o continuar con el trámite ambiental correspondiente.
  • Se establece un procedimiento para la reliquidación de tarifas y presentación de reclamaciones dentro de plazos específicos.
  • En caso de mora en el pago de servicios de seguimiento, se aplicarán intereses moratorios y se podrán iniciar procesos de cobro coactivo.
  • Se fijan condiciones especiales y descuentos para personas naturales en situación de pobreza, víctimas de desplazamiento, mujeres cabeza de familia y otros grupos sociales específicos, según clasificación del SISBÉN.

Ámbito de aplicación y sujetos obligados

La resolución aplica en la jurisdicción de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y está dirigida a los titulares de licencias, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control ambiental que requieren evaluación y seguimiento por parte de la CAR.

Excepciones y exclusiones

Se excluyen del cobro por evaluación las modificaciones que no impliquen proceso técnico, tales como ampliación de plazos, cesión del instrumento ambiental y cambios de razón social.

Base legal y facultades

La norma se expide en ejercicio de las funciones conferidas a la CAR por la Ley 99 de 1993, la Ley 633 de 2000, los acuerdos internos de la CAR (Acuerdos CAR 53 de 2024 y CAR 27 de 2025), y en cumplimiento del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023 sobre la Unidad de Valor Básico (UVB).

Vigencia y régimen de transición

  • La resolución entra en vigencia el 1° de agosto de 2026.
  • Para trámites iniciados antes de esta fecha con auto de cobro expedido, se mantiene el costo según el Acuerdo CAR 02 de 2017.
  • Para trámites iniciados antes de la vigencia sin auto de cobro, se aplicará la nueva tarifa establecida en la presente resolución.
  • Para proyectos con actos administrativos firmes anteriores a la entrada en vigor, se aplican los valores nuevos para el servicio de seguimiento ambiental o se liquida este servicio conforme a la nueva normativa, si no fue incluido previamente.
En conclusión, la Resolución DGEN 20267000148 de 2026 actualiza y unifica los criterios para el cobro de servicios ambientales en la jurisdicción de la CAR, buscando garantizar la sostenibilidad financiera de sus funciones y promover un manejo ambiental responsable y equitativo en el departamento de Cundinamarca. Los usuarios deberán adaptarse a las nuevas tarifas y procedimientos a partir del 1° de agosto de 2026, mientras que la autoridad continuará supervisando el cumplimiento de esta normativa para asegurar la protección del medio ambiente en la región.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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