Objeto y ámbito de aplicación
La Resolución 020310 de 2026 tiene por objeto que las instituciones de educación superior (IES) y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano (IETDH), públicas y privadas, implementen, actualicen y ejecuten políticas y protocolos específicos para prevenir, detectar, atender y sancionar el acoso sexual y demás violencias basadas en género. Estas medidas son condición para el ejercicio del derecho a la educación en entornos seguros y libres de este tipo de violencias.
La norma es de obligatorio cumplimiento para todas las IES e IETDH que operen en el territorio nacional. Se aplica a estudiantes de pregrado, posgrado, educación continua, programas de IETDH, docentes, investigadores, personal administrativo, directivos, contratistas, proveedores, visitantes, practicantes, pasantes y representantes de órganos colegiados de gobierno institucional.
Su ámbito incluye hechos ocurridos dentro o fuera de los espacios físicos institucionales, siempre que guarden relación directa o indirecta con actividades académicas, administrativas, culturales, deportivas, virtuales, sociales o de formación, incluyendo entornos digitales y trayectos entre el domicilio y lugar de estudio o trabajo.
Cambios normativos principales
- Deroga la Resolución 014466 de 2022, sustituyéndola por un marco normativo más amplio y detallado.
- Establece definiciones actualizadas y específicas sobre conceptos clave como acoso sexual, violencias basadas en género, violencia institucional, violencia política por razón de género, violencia digital, violencia académica, entre otras.
- Impone la obligación de implementar políticas institucionales y protocolos que contemplen componentes estratégicos, ejes de prevención, detección, atención, protección, sanción, reparación integral y no repetición.
- Regula la creación y funcionamiento de sistemas tecnológicos de registro y gestión de información de casos, con requisitos mínimos para garantizar trazabilidad y confidencialidad.
- Define garantías específicas para sectores sociales LGBTIQ+, personas trans, no binarias y con identidades de género diversas, incluyendo el reconocimiento del nombre identitario y pronombres, acceso a espacios adecuados y trato no discriminatorio.
- Incorpora obligaciones relacionadas con la activación inmediata de rutas institucionales en casos de desaparición o riesgo extremo, conforme a la Ley 2326 de 2023 (Alerta Rosa).
- Regula el tratamiento de la denuncia pública o escrache para proteger derechos de las víctimas y garantizar el debido proceso de las personas investigadas.
- Establece un régimen disciplinario con plazos máximos para la investigación y decisión de casos, bajo el principio de debida diligencia reforzada.
Obligaciones para las instituciones
- Adoptar, expedir y actualizar políticas institucionales y protocolos de prevención, detección, atención y sanción de violencias basadas en género y acoso sexual.
- Garantizar recursos humanos, técnicos y financieros suficientes, específicos y verificables para la implementación y sostenimiento de las políticas y protocolos.
- Implementar canales múltiples, visibles y accesibles para la recepción de quejas y denuncias, asegurando confidencialidad y protección de datos.
- Diseñar y ejecutar planes de comunicación institucional que divulguen permanentemente los protocolos y rutas de atención, utilizando formatos diversos e incluyentes.
- Incluir en las normativas internas el reconocimiento y respeto al nombre identitario y pronombres de personas trans, no binarias y con identidades de género no hegemónicas.
- No exigir la libreta militar como requisito para el acceso o graduación en programas académicos.
- Activar de oficio y de manera inmediata las rutas de atención e investigación ante conocimiento de presuntos hechos, incluyendo denuncias públicas.
- Implementar sistemas tecnológicos para el registro y gestión de casos con once campos mínimos de información, garantizando la protección de datos personales sensibles.
- Adoptar procedimientos disciplinarios con etapas claras, articulados con reglamentos internos, y que respeten el debido proceso, con plazos máximos recomendados de seis meses para la decisión de fondo.
- Incorporar protocolos de activación de la Alerta Rosa para casos de desaparición o riesgo extremo de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres.
- Garantizar la participación segura y efectiva de los estamentos institucionales y organizaciones sindicales en la formulación y seguimiento de las políticas.
Definiciones y enfoques
La resolución incluye definiciones detalladas de múltiples formas de violencia basada en género, entre ellas la violencia física, psicológica, verbal, simbólica, institucional, sexual, económica, académica, digital, disciplinaria discriminatoria, estructural e interseccional.
Los principios rectores para la actuación en políticas y protocolos son la debida diligencia reforzada, progresividad, corresponsabilidad, dignidad, igualdad, no discriminación, debido proceso, imparcialidad, celeridad, confidencialidad, protección de datos, no revictimización, accesibilidad y acción sin daño.
Se aplican transversalmente enfoques de género, restaurativo, derechos humanos, interseccionalidad, étnico con perspectiva antirracial, territorial, diferencial y de curso de vida.
Base legal, vigencia y régimen de transición
La norma fue expedida en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política, la Ley 2365 de 2024, Ley 489 de 1998, Decreto 2269 de 2023, y otras disposiciones concordantes.
La resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial (31 de julio de 2026).
Las instituciones dispondrán de un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigencia para adoptar el acto administrativo interno que permita adecuar reglamentos, implementar sistemas tecnológicos y radicar sus políticas y protocolos ante las autoridades competentes.
Se mantiene la vigencia de actuaciones e investigaciones iniciadas bajo la Resolución 014466 de 2022, y las disposiciones más favorables de la nueva resolución se aplicarán de inmediato para garantizar derechos, sin alterar reglas de competencia ni procedimientos disciplinarios en curso.
Conclusión
La Resolución 020310 de 2026 establece un marco normativo integral para que las instituciones de educación superior y de educación para el trabajo y desarrollo humano implementen políticas y protocolos para la prevención, detección, atención y sanción de violencias basadas en género y acoso sexual. Define obligaciones claras sobre recursos, procedimientos, registro de casos, garantías para grupos específicos y mecanismos de denuncia, con un régimen de transición y supervisión por parte del Ministerio de Educación Nacional, contribuyendo así a la construcción de entornos educativos seguros, inclusivos y respetuosos para toda la comunidad académica.