Naturaleza de la providencia
Se trata de un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el contexto de una aclaración de voto presentada en un proceso de tutela.
Sentido de la decisión
Se aclara que:
- No es necesaria la incorporación de una nota al pie que informe sobre el uso de una herramienta de inteligencia artificial para la revisión ortográfica, gramatical y léxica de textos elaborados por funcionarios judiciales.
Razón principal de la decisión
La decisión se fundamenta en el Acuerdo PCSJA24-12243 del Consejo Superior de la Judicatura, que regula el uso de herramientas de inteligencia artificial por servidores judiciales. Este acuerdo establece que el deber de informar expresamente sobre el uso de sistemas de inteligencia artificial generativa aplica únicamente cuando el uso corresponde a ciertas modalidades que impactan decisiones sustanciales y requieren transparencia. En el caso analizado, el uso reportado corresponde a funciones de apoyo en corrección de textos, que no están sujetas a la obligación de divulgación establecida en el artículo 10 del Acuerdo.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
En el proceso objeto de la aclaración, se señaló en una nota al pie de página que se empleó una herramienta de inteligencia artificial basada en el modelo GPT-4 para apoyar la revisión ortográfica y gramatical de un texto elaborado por un funcionario judicial. La aclaración de voto cuestiona la necesidad de esta nota al pie, señalando que el marco normativo vigente no requiere dicha divulgación para este tipo de uso.
Marco normativo aplicable
El Acuerdo PCSJA24-12243, adoptado por el Consejo Superior de la Judicatura, regula el uso de inteligencia artificial por parte de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial. Este acuerdo distingue entre varios tipos de uso:
- Usos permitidos en gestión administrativa o soporte a la gestión judicial: incluyen la redacción asistida de textos administrativos y la mejora de gramática y ortografía.
- Usos que requieren revisión detallada y supervisión: comprenden tareas como búsqueda y síntesis de información jurídica, clasificación jurisprudencial y apoyo en la redacción de autos.
- Usos que requieren especial transparencia, responsabilidad y privacidad: incluyen actividades que impactan la motivación de decisiones judiciales o análisis de casos jurídicos.
El artículo 10 del Acuerdo establece la obligación de informar expresamente sobre el uso de sistemas de inteligencia artificial generativa cuando impactan decisiones sustanciales, detallando la forma en que debe hacerse la divulgación.
Efectos jurídicos de la decisión
La providencia vincula a los funcionarios judiciales respecto a los deberes de transparencia en el uso de herramientas de inteligencia artificial, determinando que en los casos de uso para revisión ortográfica y gramatical no procede la obligación de informar expresamente mediante notas al pie. Esta interpretación orienta la aplicación del Acuerdo PCSJA24-12243 en futuras actuaciones judiciales y administrativas.
Conclusión de la aclaración
El auto concluye que la nota al pie que se había incorporado no es exigible conforme al marco regulatorio vigente, dado que el uso de inteligencia artificial descrito corresponde a actividades de apoyo en la edición textual y no a usos que requieran la divulgación específica prevista para IA generativa en la adopción de decisiones sustanciales. De esta forma, la Sala reafirma el equilibrio entre la innovación tecnológica y la transparencia judicial, asegurando que las exigencias informativas sean proporcionales al impacto de la inteligencia artificial en los procesos jurisdiccionales.