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Auto de la Sección Cuarta del Consejo de Estado sobre uso de inteligencia artificial en funciones judiciales

Proviene de: Sentencias

3 de agosto de 2026 21:55:13

Naturaleza de la providencia y tribunal

Se trata de un auto aclaratorio proferido por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el trámite de una acción de tutela.

Sentido de la decisión

  • Se aclara el voto respecto a la obligación de incluir una nota al pie de página que informe el uso de una herramienta de inteligencia artificial para revisión ortográfica, gramatical y léxica en la elaboración de textos judiciales.
  • Se determina que dicha nota no es necesaria en este caso específico.

Razón principal de la decisión

La decisión se fundamenta en la interpretación del Acuerdo PCSJA24-12243 del 16 de diciembre de 2024, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura, que regula el uso de inteligencia artificial por parte de funcionarios y empleados de la Rama Judicial. El acuerdo establece que solo ciertos usos de IA generativa requieren la obligación expresa de informar sobre su utilización, conforme al artículo 10 del mismo acuerdo, que contempla transparencia e integridad en actividades que impactan decisiones sustanciales. En este caso, el uso de la herramienta fue para revisión ortográfica, gramatical y léxica, actividades autorizadas bajo literales que no implican IA generativa y que no generan la obligación de informar expresamente mediante nota al pie.

Antecedentes fácticos y procesales

En el proceso se presentó una acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura, Unidad Administrativa de Carrera Judicial. Durante el trámite, se incorporó una nota al pie de página en una providencia judicial que hacía referencia al empleo de una herramienta de inteligencia artificial (Microsoft 365 Copilot, modelo GPT-4) para la revisión del texto elaborado por un funcionario judicial. La aclaración busca precisar si esta nota es exigible conforme al marco normativo vigente.

Marco normativo aplicable

El Acuerdo PCSJA24-12243 regula el uso de herramientas de inteligencia artificial por servidores judiciales, distinguiendo entre:
  • Usos en gestión administrativa o soporte a la gestión judicial, que incluyen la redacción asistida y la mejora de textos.
  • Usos que requieren revisión detallada, como la búsqueda y síntesis de información relacionada con casos, clasificación jurisprudencial y apoyo en la redacción de providencias.
  • Usos que requieren especial observancia de transparencia, responsabilidad y privacidad, incluyendo actividades que impactan la motivación de decisiones judiciales y resúmenes de hechos y testimonios.
El artículo 10 establece la obligación de informar expresamente el uso de sistemas de IA generativa para actividades que incidan en decisiones sustanciales, especificando los detalles que deben incluirse en el expediente o documento judicial.

Efectos jurídicos de la decisión

Esta aclaración de voto establece que en el caso concreto no opera la obligación de informar mediante nota al pie el uso de la herramienta de IA para revisión ortográfica y gramatical, pues esta actividad no corresponde a un uso de IA generativa que afecte decisiones sustanciales conforme a la regulación vigente. En consecuencia, los funcionarios judiciales podrán seguir utilizando estas herramientas en los términos autorizados, sin que se requiera hacer explícito dicho uso en las providencias mediante notas al pie. Queda así delimitada la aplicación del deber de transparencia respecto a herramientas de IA en el ámbito judicial. La aclaración contribuye a precisar los alcances del marco normativo sobre inteligencia artificial en la Rama Judicial y a orientar la práctica institucional respecto a la divulgación del uso de dichas tecnologías en la elaboración de decisiones y documentos judiciales, garantizando un equilibrio entre la innovación tecnológica y la transparencia en la administración de justicia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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