Naturaleza de la providencia y contexto procesal
La providencia analizada es un auto emitido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en segunda instancia dentro de un proceso de nulidad instaurado contra actos administrativos de la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR). El proceso busca la nulidad de diversas instrucciones administrativas y circulares relacionadas con la implementación del pago electrónico y la radicación electrónica en el servicio público notarial y registral.
Sentido de la decisión
El auto resuelve:
- Ordenar correr traslado de los escritos de coadyuvancia presentados por tres coadyuvantes que contienen nuevos cargos frente a las disposiciones impugnadas.
Razón principal que sustenta la decisión
El Consejo de Estado fundamenta su decisión en el artículo 223 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que permite a los coadyuvantes formular nuevos cargos o solicitar la nulidad de otras disposiciones del mismo acto administrativo, siempre que sea antes del vencimiento del término para aclarar, reformar o modificar la demanda principal.
En el caso concreto, los escritos con nuevos cargos fueron presentados dentro del término legal previsto para la reforma de la demanda, por lo que corresponde dar traslado a la parte demandada para que se pronuncie sobre estos nuevos argumentos.
Antecedentes fácticos y procesales relevantes
El proceso fue iniciado por un demandante contra la Superintendencia de Notariado y Registro, solicitando la nulidad de distintas instrucciones y circulares expedidas entre 2014 y 2022 que regulan el pago electrónico de derechos en notarías y la implementación del aplicativo de Radicación Electrónica - REL.
Tras una inadmisión inicial, la demanda fue corregida y posteriormente admitida, ordenándose el traslado correspondiente y aceptándose múltiples coadyuvantes que respaldan la posición del demandante.
La mayoría de los coadyuvantes formularon cargos similares a los de la demanda, como la presunta violación de reserva de ley en materia notarial, la asignación indebida de funciones registrales, la transformación de facultades optativas en obligaciones y la invasión de autonomía territorial en materia tributaria.
No obstante, algunos coadyuvantes introdujeron nuevos cargos:
- Falta de competencia de la Superintendencia para impartir directrices operativas a notarios, basándose en la interpretación del Decreto 960 de 1970.
- Desviación de poder en el uso de facultades para descargar funciones propias de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos en los notarios.
Estos cargos nuevos fueron presentados dentro del plazo legal para reformar la demanda, lo que habilita su estudio y genera la obligación de notificar a la parte demandada.
Efectos jurídicos de la providencia
La orden de correr traslado implica que la Superintendencia de Notariado y Registro deberá responder en el término legal a los nuevos cargos formulados por los coadyuvantes. Esta actuación forma parte del desarrollo ordinario del proceso de nulidad y busca garantizar el derecho de defensa y el debido proceso.
El auto no resuelve sobre el fondo de los cargos nuevos ni modifica el objeto principal de la demanda, sino que habilita el trámite procesal para su consideración en las etapas siguientes.
Conclusión
El Consejo de Estado, conforme a la normativa procesal aplicable, admitió la presentación de nuevos cargos por parte de coadyuvantes dentro del plazo legal para la reforma de la demanda y ordenó correr traslado de dichos escritos a la entidad demandada. Esta providencia garantiza la participación plena de las partes en el proceso y el análisis de todos los argumentos presentados frente a las disposiciones impugnadas, asegurando así el respeto al debido proceso y la tutela judicial efectiva en el trámite del proceso de nulidad.