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Consejo de Estado admite apelación adhesiva y ordena práctica de prueba pericial en controversia contractual

Proviene de: Sentencias

3 de agosto de 2026 23:51:54

Naturaleza de la providencia y contexto procesal

La providencia es un auto proferido por el Consejo de Estado en segunda instancia dentro de un proceso de controversias contractuales. La demanda fue interpuesta por un consorcio contra una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios, cuestionando la legalidad de la terminación y liquidación unilateral de un contrato de consultoría. En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Huila declaró la nulidad parcial de la resolución que liquidó el contrato y condenó a la empresa demandada a pagar en abstracto por trabajos adicionales y mayor permanencia. La parte demandada apeló parcialmente la sentencia y la parte actora formuló apelación adhesiva y solicitud probatoria en segunda instancia.

Sentido de la decisión

  • Admitir la apelación adhesiva presentada por la parte demandante contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Huila.
  • Decretar la práctica de los dictámenes periciales aportados por la parte demandante y ordenar su incorporación al proceso.
  • Ordenar que, en firme la decisión, se corra traslado a la parte demandada de los dictámenes periciales para que ejerza su derecho de contradicción.

Razón principal de la decisión

El Consejo de Estado fundamentó la admisión de la apelación adhesiva en la oportunidad de su presentación dentro del término de ejecutoria del auto que admitió la apelación principal. En cuanto a la solicitud probatoria, la admitió porque cumple con una causal excepcional prevista en el artículo 212 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), dado que los dictámenes periciales fueron negados en primera instancia por extemporáneos. Además, el auto estableció que los dictámenes son lícitos, conducentes, pertinentes y útiles para el esclarecimiento del problema jurídico fijado en la audiencia inicial, el cual versa sobre la legalidad de la terminación unilateral y liquidación del contrato y el reconocimiento económico por trabajos adicionales y mayor permanencia en el contrato.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

El consorcio demandante cuestionó la resolución de terminación y liquidación unilateral de un contrato de consultoría, alegando violación de normas contractuales y falsa motivación, y solicitó diversas condenas económicas. En primera instancia, el Tribunal Administrativo declaró la nulidad parcial de la resolución y condenó en abstracto al pago por trabajos adicionales y mayor permanencia, sin cuantificar concretamente dichos valores por falta de pruebas que permitieran su determinación. La parte demandante había aportado dos dictámenes periciales, uno técnico y otro contable-financiero, que el tribunal negó incorporar por extemporáneos. En segunda instancia, tras admitir la apelación principal de la demandada, la parte actora formuló apelación adhesiva y solicitó la práctica de esos dictámenes.

Efectos jurídicos de la decisión

El auto vincula a las partes al admitir la apelación adhesiva y dispone la incorporación y práctica de los dictámenes periciales de parte aportados en primera instancia. Asimismo, ordena correr traslado a la parte demandada para que pueda ejercer el derecho a la contradicción en un término de tres días, conforme al procedimiento establecido. Esta decisión permitirá que el proceso continúe con la valoración de las pruebas periciales para la adecuada liquidación judicial del contrato cuestionado. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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