Entidad proponente y publicación
El proyecto de resolución fue publicado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Se indica que la consulta pública estaría abierta por un término de cinco (5) días calendario, debido a la naturaleza concreta y delimitada de la modificación propuesta.
Objeto del proyecto
El proyecto modificaría el artículo 2° y el Anexo 1 de la Resolución 762 de 2022, previamente modificados por la Resolución 683 de 2026. Su objeto central es ajustar el ámbito de aplicación del reglamento técnico y la definición del Certificado de Emisiones por Prueba Dinámica (CEPD), con el fin de delimitar las condiciones de procedencia del CEPD exclusivamente a fuentes móviles terrestres nuevas.
Disposiciones y obligaciones propuestas
De expedirse, el proyecto establecería las siguientes modificaciones principales:
- Artículo 2° (Ámbito de aplicación): Se aplicaría el reglamento técnico únicamente a fuentes móviles terrestres de carretera nuevas y de uso fuera de carretera nuevas, así como a las usadas importadas y con autorización del fabricante para verificar su identidad. En consecuencia, la obtención previa del CEPD sería requisito ambiental indispensable para adelantar trámites y actuaciones administrativas requeridas para el ingreso al territorio nacional de todas las fuentes móviles.
- Anexo 1 (Definición del CEPD): Se definiría el CEPD como un documento que consigna las especificaciones técnicas, información de la prueba y resultados de la medición de emisiones de los prototipos de fuentes móviles o motores prototipo, evaluados en dinamómetro o prueba SHED, según el procedimiento definido en la resolución.
- Entrada en vigor y vigencia: El proyecto modificaría la fecha de entrada en vigor de la Resolución 683 de 2026, difiriéndola tres (3) meses a partir de la publicación del presente acto administrativo, con el propósito de facilitar la implementación técnica, jurídica y operativa.
Ámbito de aplicación y sectores afectados
La propuesta aplicaría a nivel nacional y estaría dirigida a todas las fuentes móviles terrestres de carretera y uso fuera de carretera, nuevas y usadas importadas con autorización técnica. El CEPD constituiría requisito ambiental para trámites de ingreso al territorio nacional de dichas fuentes.
Excepciones o exclusiones
El proyecto eliminaría el criterio basado en un umbral de ocho mil (8.000) horas de uso para la procedencia del CEPD respecto a fuentes móviles usadas, limitando su aplicación exclusivamente a fuentes nuevas, con el fin de asegurar la correspondencia entre el instrumento y las condiciones técnicas verificables.
Plazo y mecanismos de participación ciudadana
El proyecto estaría sometido a consulta pública por un plazo de cinco (5) días calendario. La publicación y recepción de observaciones se realizaría a través de la página web oficial del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. No se indican mecanismos adicionales ni requisitos formales específicos para la presentación de comentarios.
Base legal y antecedentes
La expedición del proyecto se fundamentaría en las facultades legales conferidas al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible por la Ley 99 de 1993, el Decreto 1076 de 2015 y normas complementarias. Modificaría disposiciones de la Resolución 762 de 2022 y la Resolución 683 de 2026, sin alterar los límites máximos permisibles de emisión ni los estándares técnicos sustantivos para fuentes nuevas.
Modificaciones y efectos previstos
El proyecto modificaría específicamente:
| Disposición |
Modificación |
| Artículo 2° de Resolución 762 de 2022 |
Delimita el ámbito de aplicación del CEPD a fuentes nuevas, eliminando el criterio de horas de uso para usadas. |
| Anexo 1 de Resolución 762 de 2022 |
Actualiza la definición del CEPD conforme al alcance técnico definido. |
| Fecha de entrada en vigor Resolución 683 de 2026 |
Difiere la fecha tres meses a partir de la publicación del proyecto para facilitar implementación. |
El proyecto no introduciría nuevos trámites ni modificaría los estándares de emisión vigentes. Tampoco alteraría las competencias de otras autoridades relacionadas con comercio exterior o licenciamiento ambiental.
Este resumen ejecutivo presenta el contenido del proyecto de resolución del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que aún no ha sido expedido ni produce efectos jurídicos vigentes. Las observaciones ciudadanas se recibirán durante el plazo señalado y podrán ser enviadas conforme a los canales oficiales dispuestos por la entidad, garantizando así la participación y transparencia en el proceso de consulta pública.