Objeto y ámbito de aplicación
La Resolución 001812 de 2026 tiene por objeto adoptar los lineamientos técnicos y operativos para la atención integral en salud de recién nacidos, niñas y niños con antecedente de prematurez o bajo peso al nacer, incluyendo las atenciones para el seguimiento ambulatorio en Programas Madre Canguro (PMC). Aplica a Entidades Territoriales de Salud, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Entidades Adaptadas en todo el territorio nacional.
Cambios normativos y creación de lineamientos
- Adopción de lineamientos técnicos y operativos para la atención integral hospitalaria y ambulatoria de esta población, incluyendo seguimiento en PMC.
- Incorporación de la atención desde el nacimiento hasta los dos años de edad corregida, con enfoque centrado en la familia.
- Definición de criterios clínicos y sociales para la elegibilidad al egreso hospitalario y la continuidad del cuidado en el hogar.
- Regulación del Programa Madre Canguro en instituciones prestadoras, incluyendo organización, recursos, talento humano y condiciones para su funcionamiento.
- Establecimiento de indicadores mínimos para monitoreo, seguimiento y evaluación de la atención y resultados en salud.
- Disposiciones sobre adaptación cultural e intercultural en la prestación de servicios.
- Determinación de responsabilidades específicas para todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en la gestión integral de esta población.
- Inclusión de protocolos para el manejo clínico detallado en sala de partos, hospitalización y seguimiento, conforme a la evidencia científica vigente.
- Definición de esquemas de vacunación específicos y estrategias de inmunización para recién nacidos pretérmino o con bajo peso al nacer y sus convivientes.
Obligaciones principales
- Entidades Territoriales de Salud: Incorporar los lineamientos en planes territoriales, fortalecer capacidades del talento humano, coordinar redes integrales de atención y realizar seguimiento a la implementación.
- Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas: Organizar y gestionar redes de prestadores para garantizar atención integral y continua, realizar afiliación de oficio, monitorear cumplimiento y garantizar acceso sin copagos ni cuotas moderadoras para estas atenciones.
- Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS): Implementar y operar PMC con recursos humanos, físicos y tecnológicos adecuados; garantizar atención conforme a los estándares y lineamientos; capacitar al personal; asegurar la participación continua de madres, padres y cuidadores; realizar educación y seguimiento clínico y administrativo; y coordinar referencia y contrarreferencia.
- Superintendencia Nacional de Salud y Entidades Territoriales: Realizar inspección, vigilancia y control del cumplimiento de la resolución.
- Familias y cuidadores: Participar activamente en el cuidado del recién nacido bajo el modelo de cuidado centrado en la familia y el Método Madre Canguro, incluyendo la atención en posición canguro y lactancia materna.
Atenciones y servicios regulados
- Atención prenatal de gestantes con riesgo de parto pretérmino o bajo peso al nacer, incluyendo intervenciones clínicas y educación.
- Atención inmediata y estabilización en sala de partos, con inicio temprano de posición canguro inmediata y manejo del pinzamiento diferido del cordón umbilical.
- Atención hospitalaria en servicios de cuidado básico, intermedio e intensivo neonatal, incorporando el Método Madre Canguro, soporte nutricional especializado, manejo de complicaciones y cuidados centrados en el desarrollo y la familia.
- Seguimiento ambulatorio en PMC hasta los dos años de edad corregida, estructurado en tres etapas: hasta 40 semanas de edad corregida, desde 40 semanas hasta 12 meses, y desde 12 hasta 24 meses, con controles interdisciplinarios, tamizajes, inmunizaciones, educación en salud y apoyo psicosocial.
- Gestión de la información clínica y administrativa, con registro obligatorio en historia clínica y sistemas oficiales conforme a la normatividad vigente.
Esquema de vacunación e inmunización
La norma establece que los recién nacidos pretérmino o con bajo peso al nacer deben recibir las vacunas incluidas en el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) conforme a su edad cronológica, sin retrasos por la condición de prematuridad o peso. Se promueve el uso preferente de vacunas hexavalentes acelulares con componente pertussis acelular para mejorar la tolerabilidad. Además, se recomienda la vacunación de convivientes y cuidadores (estrategia capullo) para proteger indirectamente a esta población vulnerable. Se incluyen indicaciones específicas para la vacunación materna contra virus respiratorio sincitial (VSR) y otras vacunas de interés.
Base legal y vigencia
La Resolución se expide en ejercicio de las facultades conferidas al Ministro de Salud y Protección Social, en especial las previstas en la Ley 100 de 1993, la Ley 1438 de 2011, la Ley 1804 de 2016, la Ley 2433 de 2024 y el Decreto 120 de 2026. La norma entra en vigencia a partir de su publicación.
Régimen de transición
Se establece un proceso progresivo para la implementación de los lineamientos técnicos y operativos, promoviendo la adaptación territorial y la capacitación del talento humano, así como la adecuación de infraestructura y recursos en las instituciones prestadoras de servicios de salud. Las entidades responsables deberán garantizar el cumplimiento gradual conforme a sus competencias y capacidades, sin que se impongan barreras administrativas para la prestación de las atenciones definidas.
Monitoreo, seguimiento y evaluación
El Ministerio de Salud y Protección Social coordinará con la Superintendencia Nacional de Salud y las entidades territoriales la vigilancia del cumplimiento de la resolución. Se implementará un sistema de monitoreo basado en indicadores mínimos definidos en el anexo técnico, que incluyen la cobertura, oportunidad, integralidad, continuidad y calidad de las atenciones, así como los resultados en salud esperados. Las instituciones deberán reportar la información de manera oportuna y con calidad, y se podrán realizar auditorías clínicas para verificar aspectos no reflejados en registros administrativos.
Adaptabilidad y enfoque intercultural
La resolución contempla la adaptabilidad de la atención en salud a las características socioculturales y territoriales de las familias, integrando un enfoque diferencial e intercultural. Se reconoce la pluralidad de configuraciones familiares y sistemas médicos tradicionales, fomentando el diálogo intercultural y la participación activa de la familia como sujeto central del cuidado.
Resumen
En síntesis, la Resolución 001812 de 2026 establece un marco normativo detallado para la atención integral de recién nacidos pretérmino o con bajo peso al nacer en Colombia, fortaleciendo la continuidad y calidad de los servicios desde el período prenatal hasta los dos años de edad corregida. Define responsabilidades claras para los actores del sistema de salud, reglamenta el Programa Madre Canguro como modelo central de seguimiento, y regula aspectos clínicos, administrativos y educativos para mejorar los resultados en salud de esta población. La norma busca asegurar el acceso universal y la atención sin barreras, con un enfoque centrado en la familia y en la evidencia científica vigente, contribuyendo así al bienestar y desarrollo óptimo de estos niños y niñas en todo el territorio nacional.