Entidad emisora, número y fecha
La Resolución 02329 de 2026 fue expedida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil el 21 de julio de 2026.
Objeto de la norma
Regula la sectorización de alturas en las áreas de influencia de los aeródromos del departamento de Boyacá, estableciendo la obligación de tramitar ante la autoridad aeronáutica la Evaluación de Obstáculos por Altura, interferencias radioeléctricas y usos del suelo.
Cambios normativos concretos
- Define nueve áreas sectorizadas en Boyacá, con límites geográficos precisos, para la regulación de alturas máximas permitidas en la instalación, modificación, operación o mantenimiento de estructuras susceptibles de constituir obstáculos a la navegación aérea.
- Establece que cualquier instalación de torres, antenas, postes, mástiles, estaciones radioeléctricas, líneas de transmisión y distribución, y otras infraestructuras similares, debe someterse a evaluación previa según el área correspondiente.
- Incorpora el cumplimiento de los lineamientos y procedimientos previstos en el Reglamento Aeronáutico de Colombia, parte decimocuarta (RAC 14), para la evaluación y control de obstáculos.
- Precisa que esta resolución no autoriza ni sustituye permisos en zonas bajo control exclusivo de la Autoridad de Aviación de Estado, competencia distinta a la de la UAEAC.
Obligaciones creadas
- Las autoridades territoriales competentes para otorgar licencias de construcción o permisos para infraestructuras deben cumplir estrictamente las restricciones de altura establecidas para cada área.
- Deben exigir a los solicitantes el concepto técnico de altura emitido por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil cuando corresponda.
- La Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil ejercerá funciones de inspección y vigilancia para supervisar el cumplimiento de las disposiciones de la resolución.
- El incumplimiento puede derivar en la aplicación de procedimientos sancionatorios conforme a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC 14) y demás normas aplicables, incluyendo actuaciones administrativas, civiles o penales.
Ámbito de aplicación
La norma aplica a todo el departamento de Boyacá, Colombia, y afecta a entidades territoriales, operadores de aeródromos, proveedores de servicios de telecomunicaciones, energía eléctrica, infraestructura de líneas de transmisión y distribución, y demás actores relacionados con la instalación o mantenimiento de estructuras en las áreas sectorizadas.
Excepciones o exclusiones
La resolución no constituye autorización ni concepto para instalaciones ubicadas en áreas bajo control de la Autoridad de Aviación de Estado, competencia exclusiva de esa entidad.
Base legal
La expedición de la resolución se fundamenta en los artículos 1823 a 1826 del Decreto 410 de 1971, artículo 23 del Decreto 1294 de 2021, la Ley 336 de 1996, la Ley 105 de 1993, los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC 14) y el Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago).
Fecha de entrada en vigencia
La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en la página web institucional de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.
Régimen de transición
La norma establece que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil podrá revisar, ajustar o actualizar la sectorización de alturas conforme a cambios posteriores en las condiciones operacionales o técnicas de los aeródromos, sin que ello afecte la validez del acto administrativo.
Acceso a información técnica
Se dispone un visor geográfico institucional para consulta de la información cartográfica y elementos asociados al análisis técnico, disponible en el enlace institucional proporcionado por la entidad.
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La Resolución 02329 de 2026 sistematiza las restricciones y procedimientos para la evaluación de obstáculos que puedan afectar la seguridad aérea en Boyacá, estableciendo un marco técnico y administrativo para el control de alturas y usos del suelo en las zonas de influencia de sus aeródromos. La norma impone obligaciones a autoridades territoriales y solicitantes de licencias, y asigna a la autoridad aeronáutica la función de supervisión y control. Con esta regulación se busca garantizar la seguridad en las operaciones aéreas y contribuir al desarrollo ordenado y seguro de la infraestructura en el departamento.