Alcance y contexto del pronunciamiento
La Superintendencia de Sociedades respondió a una comunicación recibida que expone la estrategia de la red de controladores del sector salud y un informe técnico sobre el manejo de flujo de recursos por administradoras de salud. En esta comunicación se solicitaba valorar eventuales afectaciones al derecho fundamental a la salud derivadas de embargos sobre recursos inembargables y adoptar acciones supervisivas pertinentes.
Funciones y competencias de la Superintendencia de Sociedades
El organismo técnico adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo recordó que ejerce sus funciones en estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico y los principios de la función administrativa. En particular, tiene el deber de recaudo sobre obligaciones creadas a su favor, según el artículo 98 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Para ello, cuenta con un manual de gestión de cobro persuasivo y coactivo que establece directrices para adelantar gestiones de recaudo conforme a la Ley 1066 de 2006, el Estatuto Tributario y otras normas aplicables. El manual contempla medidas cautelares para la gestión del recaudo, destacando expresamente la prohibición de afectar con embargo bienes que la ley declare inembargables, sin importar su naturaleza.
Limitaciones en la supervisión de embargos
Sin embargo, la Superintendencia aclaró que no tiene la facultad de verificar embargos solicitados por los supervisados ante jueces de la República para hacer exigibles obligaciones. Esta responsabilidad corresponde exclusivamente a la autoridad judicial, que debe analizar y decretar la medida cautelar sobre los bienes en cuestión.
El artículo 594 de la Ley 1564 de 2012 establece el procedimiento para que los destinatarios de embargos sobre bienes inembargables puedan pronunciarse y hacer valer sus derechos ante la autoridad competente.
Compromiso con la legalidad y derechos fundamentales
Finalmente, la Superintendencia reiteró su respeto por los derechos de los administrados y el principio de legalidad, comprometiéndose a atender las solicitudes dentro del ámbito de sus competencias, siempre en cumplimiento de los parámetros legales vigentes. De esta manera, se reafirma el compromiso institucional de garantizar un equilibrio entre la gestión efectiva del recaudo y la protección de los derechos fundamentales, especialmente en sectores sensibles como el de la salud.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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