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Superintendencia de Sociedades aclara requisitos para registro mercantil de establecimientos de comercio

Proviene de: Conceptos

12 de agosto de 2026 19:50:20

Registro mercantil y documentos válidos

El establecimiento de comercio, definido en el Código de Comercio como un conjunto de bienes organizados para realizar los fines de la empresa, debe inscribirse en el registro mercantil. La Superintendencia indicó que para dicho registro es obligatorio utilizar el formulario único del Registro Único Empresarial y Social (RUES) y sus anexos, tal como lo establece la Circular Externa 100-000002 de 2022. En consecuencia, no es viable realizar la creación de un establecimiento mediante documento privado, aunque cumpla con requisitos sustanciales.

Uso exclusivo del formulario RUES para sociedades extranjeras

Cuando una sociedad extranjera pretende desarrollar actividades permanentes en el país, debe establecer una sucursal y registrar los actos correspondientes en el registro mercantil. La Superintendencia recordó que las sucursales actúan en nombre de la sociedad matriz y deben cumplir con las mismas obligaciones de registro, incluyendo el uso del formulario RUES. Este requisito se fundamenta en el Código de Comercio y en la normativa expedida por la Superintendencia.

Posibilidad de obtener NIT sin matrícula mercantil previa

La Superintendencia explicó que para obtener el Número de Identificación Tributaria (NIT) es necesario inscribirse previamente en el Registro Único Tributario (RUT) ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Sin embargo, esta inscripción no exige contar con matrícula mercantil previa. Por lo tanto, es posible tramitar el NIT sin estar registrado en el registro mercantil, salvo que la actividad económica obligue a dicha inscripción.

Competencia y supervisión de cámaras de comercio

Se recordó que la inspección, vigilancia y control de las cámaras de comercio está a cargo de la Superintendencia de Sociedades desde el 1 de enero de 2022, conforme al artículo 70 de la Ley 2069 de 2020. La Circular Externa 100-000002 de 2022 contiene las instrucciones que deben seguir las cámaras en materia de registro mercantil y otras funciones. Estas aclaraciones buscan brindar seguridad jurídica a comerciantes y entidades, garantizando el cumplimiento adecuado de las disposiciones legales en materia mercantil y facilitando la correcta aplicación de los procesos administrativos relacionados con el registro mercantil y la identificación tributaria. De esta forma, la Superintendencia reafirma su compromiso con la transparencia y el fortalecimiento del sector empresarial en Colombia.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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