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Proyecto de resolución de la DIAN plantearía suspensión de términos en procesos administrativos por desastre nacional

Proviene de: Proyectos de Resolución

13 de agosto de 2026 17:47:49

Entidad proponente y fecha de publicación

El proyecto de resolución fue propuesto por la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en agosto de 2026. La publicación para comentarios se realizaría por un plazo de dos horas, conforme a las disposiciones del Decreto 1081 de 2015.

Objeto del proyecto

El proyecto tendría por objeto suspender los términos de los procesos y actuaciones administrativas de competencia de la DIAN en materia tributaria, aduanera y cambiaria, en determinadas direcciones seccionales afectadas por la situación de desastre de carácter nacional declarada mediante Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026.

Disposiciones y obligaciones propuestas

De expedirse, el proyecto establecería las siguientes medidas:
  • Suspensión de términos: Suspendería los términos procesales y administrativos desde el 12 hasta el 25 de agosto de 2026, inclusive, en las direcciones seccionales de impuestos y aduanas de Pereira, Armenia, Manizales, Tuluá, Palmira, Popayán, Quibdó, Buenaventura, y las direcciones seccionales de impuestos y aduanas de Cali.
  • Ámbito de suspensión: La suspensión abarcaría todos los procedimientos, trámites y actuaciones administrativas de competencia de la DIAN, incluyendo fiscalización, control, determinación de obligaciones, imposición y discusión de sanciones, devoluciones, compensaciones, cobro, recursos administrativos y gestión documental.
  • Suspensión de términos de firmeza, prescripción y caducidad: No correrían los términos asociados a la firmeza de declaraciones tributarias y aduaneras, ni los de caducidad o prescripción relacionados con las facultades de la DIAN, reanudándose una vez finalice la suspensión.
  • Excepciones: No modificaría los plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias sustanciales o formales establecidos directamente por la ley o reglamentos generales, salvo disposición especial en contrario.
  • Reanudación de términos: Los términos suspendidos se reanudarían el 26 de agosto de 2026, sin contabilizar los días de suspensión para efectos del cómputo de plazos.
  • Trabajo en casa: Se autorizaría a los directores seccionales de las áreas afectadas a coordinar la prestación del servicio mediante trabajo en casa, con el fin de garantizar la continuidad del servicio y aplicar el principio de precaución en la gestión del riesgo.
  • Levantamiento de reglas técnicas de validación: Se levantarían las reglas de validación de la numeración autorizada para facturación electrónica de los contribuyentes domiciliados en las direcciones seccionales mencionadas, cuyo vencimiento de autorización ocurra en agosto, septiembre y octubre de 2026, hasta el 1 de noviembre de 2026. Esta medida operaría automáticamente sin trámite adicional.

Ámbito de aplicación

El proyecto aplicaría de manera regional en las direcciones seccionales señaladas, vinculando a la DIAN, contribuyentes, responsables, declarantes, agentes retenedores, usuarios aduaneros, operadores de comercio exterior y demás obligados tributarios dentro de esas jurisdicciones.

Plazo y mecanismos para la participación ciudadana

La DIAN abriría un plazo de dos (2) horas para la presentación de comentarios u observaciones sobre el proyecto de resolución. La participación se realizaría a través de los canales institucionales habilitados por la entidad. No se indican requisitos formales adicionales para la presentación de observaciones.

Base legal y referencias normativas

El proyecto fundamentaría su expedición en los artículos 29 y 209 de la Constitución Política, los artículos 3 y 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y el numeral 35 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020. Además, se sustenta en el Decreto 1171 de 2026 que declara la situación de desastre de carácter nacional. El proyecto no modificaría ni derogaría actos administrativos vigentes, sino que establecería medidas transitorias en atención a la declaratoria de desastre.

Conclusión

En síntesis, el proyecto de resolución de la DIAN propondría suspender temporalmente los términos procesales y administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria en ciertas direcciones seccionales afectadas por un desastre nacional, así como adoptar medidas para garantizar la continuidad del servicio mediante trabajo en casa y facilitar la facturación electrónica. La ciudadanía tendría un plazo limitado para participar en la discusión del proyecto a través de los mecanismos que la entidad habilite. El proyecto se encuentra en etapa de consulta pública y no genera efectos jurídicos vigentes hasta su eventual expedición definitiva.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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