Entidad emisora, número, tipo de acto y fecha
La Agencia Nacional de Minería (ANM) expidió la Resolución número
3018 de 2026, el 11 de agosto de 2026, publicada en el Diario Oficial No. 53.588 el 12 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
La resolución delimita y declara un Área de Reserva para la Formalización (ARF) en la Zona de Reserva con Potencial (ZRP) Bloque 758, para regularizar la actividad minera de pequeños mineros tradicionales mediante contratos de concesión minera con requisitos diferenciales.
Cambios normativos concretos
- Se delimita y declara un bloque como Área de Reserva para la Formalización (ARF 14), superpuesto a la Zona Reservada con Potencial (ZRP 758).
- Se establece que las ARF serán otorgadas mediante contratos de concesión minera con requisitos diferenciales, conforme al parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley 2250 de 2022.
- Se define un procedimiento para la verificación de la presencia y anterioridad de mineros tradicionales y pequeños mineros en la ZRP 758.
- Se establece la coexistencia temporal entre la ARF delimitada y la ZRP 758 durante la radicación, evaluación y decisión de las propuestas de contratos de concesión.
- Se prevé que, tras la adjudicación de contratos, se ajustará la delimitación de la Zona Reservada con Potencial mediante actos administrativos posteriores.
Obligaciones creadas
- Los mineros tradicionales y/o pequeños mineros identificados tienen un plazo de 90 días calendario, prorrogable por una sola vez hasta por 30 días más, para radicar las Propuestas de Contrato de Concesión Minera con Requisitos Diferenciales (PCCDs) a través del Sistema Integral de Gestión Minera “Anna Minería”.
- La Agencia Nacional de Minería deberá notificar a los mineros y gestionar la incorporación del polígono ARF en el Sistema Integral de Gestión Minera y en el Registro Minero Nacional.
- En caso de no presentarse propuestas en el plazo estipulado o de que estas no cumplan con los requisitos, la ANM solicitará el levantamiento de la capa ARF en el sistema, conservando la extensión de la ZRP 758.
Ámbito de aplicación
La resolución aplica a nivel local en los municipios de El Bagre y Zaragoza, departamento de Antioquia. Está dirigida a la Agencia Nacional de Minería, mineros tradicionales y pequeños mineros que desarrollan actividades en la ZRP 758, y demás autoridades relacionadas con la formalización minera.
Excepciones o exclusiones expresas
La Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior determinó mediante resolución que no procede la consulta previa con comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras ni con comunidades Rom en la delimitación y declaración del área objeto de esta resolución.
Base legal
La expedición de la norma se fundamenta en diversas disposiciones, entre las cuales se destacan el Decreto Ley 4134 de 2011 y sus modificaciones, las Leyes 1753 de 2015 y 2250 de 2022, el artículo 317 de la Ley 685 de 2001, y la Resolución ANM 1006 de 2023, entre otras.
Fecha de entrada en vigencia
La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, es decir, desde el 12 de agosto de 2026.
Régimen de transición
Durante el trámite de radicación, evaluación y decisión de las propuestas de contratos de concesión con requisitos diferenciales sobre las ARF, estas coexistirán con la Zona Reservada con Potencial (ZRP 758). Tras la adjudicación de contratos, se realizarán ajustes administrativos en la delimitación del área reservada.
| Obligación |
Plazo |
Responsable |
| Radicar Propuestas de Contrato de Concesión con Requisitos Diferenciales (PCCD) |
90 días calendario, prorrogables 30 días una sola vez |
Mineros tradicionales y pequeños mineros identificados en el ARF |
| Solicitar levantamiento de capas ARF en caso de incumplimiento |
Posterior a vencimiento de plazo para radicación o evaluación negativa |
Grupo de Promoción de la Agencia Nacional de Minería |
| Incorporar polígono ARF en el Sistema Integral de Gestión Minera y Registro Minero |
Inmediatamente después de la publicación de la resolución |
Grupo de Catastro y Registro Minero Nacional |
Conclusión
La Resolución ANM 3018 de 2026 representa un paso significativo para la formalización minera en Antioquia, proporcionando un marco claro y diferenciado para la regularización de pequeños mineros tradicionales en la Zona de Reserva con Potencial Bloque 758. Con la delimitación del Área de Reserva para la Formalización y los mecanismos establecidos para la radicación y evaluación de contratos con requisitos diferenciales, se busca promover una minería responsable y ordenada que contribuya al desarrollo local y al cumplimiento de la normatividad vigente. La Agencia Nacional de Minería continuará con la gestión y seguimiento de este proceso para garantizar su correcta implementación y beneficios para las comunidades mineras de la región.