Entidad, objeto y ámbito de aplicación
La norma fue expedida por la Agencia Nacional de Minería (ANM) a través de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento. Regula la delimitación y declaración de Áreas de Reserva para la Formalización (ARF) dentro de la Zona Reservada con Potencial (ZRP) Bloque 747, en el municipio de Caucasia, Antioquia. Su ámbito de aplicación es regional y está dirigida a mineros tradicionales y pequeños mineros con actividad minera anterior a la declaratoria de reserva en la zona mencionada.
Cambios normativos y disposiciones principales
- Delimitación y declaración de tres bloques específicos como Áreas de Reserva para la Formalización (ARF 9, 10 y 11), con un área total identificada en coordenadas precisas, superpuestos a la ZRP 747 definida previamente.
- Asignación de estas áreas mediante contratos de concesión minera con requisitos diferenciales, conforme al parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley 2250 de 2022.
- Coexistencia temporal de las ARF con la ZRP 747 durante el trámite de radicación, evaluación y decisión de propuestas de contratos de concesión con requisitos diferenciales (PCCD).
- Una vez adjudicados los contratos, la ANM procederá a ajustar la delimitación de la ZRP mediante realinderación u otra medida administrativa pertinente.
- Incorporación de las áreas delimitadas en el Sistema Integral de Gestión Minera (SIGM) “Anna Minería” para efectos de registro y control.
Obligaciones derivadas y plazos
- Los mineros tradicionales y pequeños mineros identificados en las ARF deberán presentar propuestas de contratos de concesión minera con requisitos diferenciales (PCCD) dentro de un plazo inicial de noventa (90) días calendario desde la notificación del requerimiento, prorrogable una sola vez por treinta (30) días adicionales.
- En caso de no presentar propuestas o si estas no cumplen con los requisitos, la ANM procederá a solicitar el levantamiento de la anotación de las ARF en el SIGM, conservando la extensión de la ZRP 747 original.
- Si las propuestas cumplen con los requisitos y se suscriben los contratos, la ANM solicitará el levantamiento de las capas ARF en el SIGM para ajustarlas a la nueva realidad contractual.
- La resolución establece la remisión de copias a los grupos encargados de Catastro y Registro Minero y de Contratación Minera Diferencial para la ejecución de los procesos administrativos correspondientes.
Procedimiento y verificación técnica
El procedimiento para la delimitación y declaración de las ARF incluyó:
- Verificación de fuentes primarias y secundarias oficiales para validar la presencia y anterioridad de mineros tradicionales y pequeños mineros en la ZRP 747.
- Jornadas de socialización y divulgación con las comunidades mineras para informar sobre los requisitos y rutas de acceso a las ARF.
- Visitas técnicas de campo realizadas entre mayo y julio de 2026 para validar la presencia de tres Unidades de Producción Minera (UPM) dentro de la ZRP 747, denominadas en el informe como UPM MJB Company, UPM La Bendición 1 y UPM La Bendición 2.
- Georreferenciación precisa de las áreas de trabajo de las UPM y análisis técnico del potencial mineral, especialmente para oro y minerales asociados.
- Recomendaciones técnicas para delimitar los bloques ARF basadas en la validación de la actividad minera previa a la reserva.
Ámbito legal y vigencia
La resolución se expide en cumplimiento de las facultades conferidas a la ANM por el Decreto Ley 4134 de 2011, modificado por el Decreto 1681 de 2020, la Ley 1753 de 2015 y la Ley 2250 de 2022. Además, se ajusta a los lineamientos del Consejo Directivo de la ANM y a la jurisprudencia constitucional relacionada. La resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y establece un régimen de transición para la presentación y evaluación de propuestas de contratos de concesión con requisitos diferenciales.
Excepciones y exclusiones
La Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior determinó que no procede la consulta previa con comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras ni Rom en relación con la delimitación y declaración de las Áreas de Reserva para la Formalización en el Bloque ZRP 747.
Documentos complementarios
Forman parte integral de la resolución los anexos técnicos que contienen la delimitación detallada de los bloques ARF (Anexos 1, 2 y 3) y los informes de inspección técnica de las UPM validadas (Anexos 4 y 5).
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Este acto administrativo establece un marco claro para la formalización minera en la ZRP 747, delimitando áreas específicas para pequeños mineros y mineros tradicionales, asignando obligaciones para la presentación de propuestas contractuales y definiendo procedimientos administrativos para su gestión y seguimiento. La resolución busca promover la minería formal, responsable y sostenible en la región, garantizando la protección del medio ambiente y los derechos de las comunidades involucradas, y contribuyendo al desarrollo económico local.