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Resolución 349 de 2026: adopción del Plan de Manejo del Parque Nacional Natural Serranía de Manacacías

Proviene de: Resoluciones

13 de agosto de 2026 19:34:14

Entidad emisora, norma y objeto

La Resolución 349 de 2026 fue expedida por Parques Nacionales Naturales de Colombia. Su objeto es adoptar el Plan de Manejo del Parque Nacional Natural Serranía de Manacacías, para orientar la gestión integral del área protegida.

Cambios normativos

Esta resolución:
  • Adopta formalmente el Plan de Manejo del Parque Nacional Natural Serranía de Manacacías.
  • Define la zonificación del parque en nueve zonas específicas con sus respectivas intenciones de manejo.
  • Establece los usos y actividades permitidas en cada zona, sujetas a permisos y autorizaciones previas.
  • Establece obligaciones de seguimiento, revisión, ajuste y cumplimiento del Plan de Manejo.
  • Designa el Plan de Manejo como determinante ambiental y norma de superior jerarquía conforme a la Ley 2294 de 2023 y el Decreto Único 1076 de 2015.

Obligaciones creadas

  • Parques Nacionales Naturales de Colombia debe implementar y dar seguimiento permanente al Plan Estratégico de Acción, ajustando anualmente las metas y actividades mediante el Plan de Acción Anual (PAA) según recursos disponibles.
  • Los usuarios y particulares que realicen actividades dentro del parque deben obtener los permisos, licencias y autorizaciones de acuerdo con la normatividad vigente y las condiciones establecidas en el Plan de Manejo.
  • Las autoridades nacionales, regionales y locales, así como actores que intervengan en el parque, deben acatar las disposiciones del Plan de Manejo conforme a sus funciones y competencias.
  • Las actividades ecoturísticas solo podrán realizarse previa autorización y conforme a la capacidad de manejo, horarios, restricciones y disposiciones establecidas en el Plan de Manejo.
  • Las actividades misionales de prevención, vigilancia, control, restauración, monitoreo y gestión del riesgo podrán desarrollarse en cualquiera de las zonas cuando sea necesario para cumplir los objetivos de conservación.
  • Las actividades en el territorio circunvecino y colindante deben cumplir la función amortiguadora conforme al artículo 2.2.2.1.3.10 del Decreto 1076 de 2015.

Ámbito y sujetos de aplicación

El Plan de Manejo y sus disposiciones tienen aplicación nacional en el área del Parque Nacional Natural Serranía de Manacacías, ubicado en el departamento del Meta. Está dirigido a:
  • La entidad Parques Nacionales Naturales de Colombia, en su gestión administrativa y operativa del parque.
  • Autoridades ambientales y demás autoridades competentes en el orden nacional, regional y local.
  • Particulares y actores sociales que realicen actividades dentro o en la zona de influencia del parque.

Excepciones y exclusiones

No se establecen excepciones expresas en la resolución. Sin embargo, las actividades permitidas en cada zona deben respetar el objetivo de conservación, y las actividades misionales de la entidad pueden realizarse en cualquier zona cuando sean necesarias para el cumplimiento de los fines del parque.

Base legal

La expedición de la resolución se fundamenta en:
  • Artículo 9° del Decreto Ley 3572 de 2011, que faculta al Director General de Parques Nacionales para adoptar instrumentos de planificación.
  • Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015, que regula el Sistema de Parques Nacionales Naturales y establece los planes de manejo como instrumentos de gestión.
  • Ley 2294 de 2023, sobre determinantes ambientales.

Vigencia y régimen de transición

La Resolución 349 de 2026 rige a partir de la fecha de su expedición y publicación en el Diario Oficial, es decir, desde el 6 de agosto de 2026. Respecto al régimen de transición, la norma permite que ajustes técnicos y estratégicos posteriores al Plan de Manejo se realicen mediante el Plan de Acción Anual sin necesidad de un nuevo acto administrativo, siempre que no se requieran modificaciones en el componente de ordenamiento.

Contenido del Plan de Manejo

El Plan de Manejo adoptado contiene:
  • Componente diagnóstico: análisis del contexto regional, local, presiones, amenazas, actores y estado de conservación.
  • Componente de ordenamiento: zonificación del área en nueve zonas (Zona Intangible, Zona Primitiva 1 y 2, Zona de Recuperación Natural 1, 2 y 3, Zona de Recreación General Exterior 1 y 2, y Zona de Alta Densidad de Uso), con la definición de intenciones de manejo y regulación de actividades para cada zona.
  • Plan Estratégico de Acción: establece objetivos estratégicos y de gestión para un horizonte de 5 a 10 años, con metas y actividades anuales para conservar los ecosistemas, fortalecer la gobernanza ambiental y promover la participación social.
  • Plan de Ordenamiento Ecoturístico: orienta el desarrollo del ecoturismo en el parque, incluyendo objetivos específicos y estratégicos para la planificación, gestión, implementación de infraestructura, articulación con comunidades y evaluación de impactos.
El Plan de Manejo es un instrumento clave para garantizar la protección y conservación del Parque Nacional Natural Serranía de Manacacías, promoviendo un equilibrio entre la preservación ambiental y el uso sostenible del área protegida. Su implementación contribuirá a fortalecer la biodiversidad, la gestión ambiental y la participación de las comunidades locales, asegurando la conservación de este importante patrimonio natural para las futuras generaciones.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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