Entidad proponente y publicación para comentarios
El proyecto de resolución fue aprobado para consulta pública por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 13 de agosto de 2026. El plazo para presentar comentarios vence el 14 de agosto de 2026 a las 12:00 m.
Objeto del proyecto
El proyecto modificaría la Resolución CREG 101 120 de 2026 en cuanto a la fecha de inicio del programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica y adoptaría disposiciones transitorias relacionadas con la situación de desastre nacional declarada tras un sismo ocurrido en agosto de 2026.
Disposiciones y obligaciones propuestas
El proyecto establecería las siguientes disposiciones principales:
- Nueva fecha de inicio: El programa comenzaría el primero de septiembre de 2026, en lugar del 15 de agosto de 2026 originalmente previsto.
- Ampliación de plazos: Se ampliarían en diez (10) días hábiles los plazos para reportes, tableros de seguimiento e informes relacionados con el programa, específicos en los artículos 21, 22 parágrafo 1, 23 parágrafo 1, 24 parágrafo 2, y 25 parágrafos 1 y 2 de la Resolución CREG 101 120 de 2026.
- Exclusión territorial: El programa no aplicaría a los usuarios regulados ubicados en municipios identificados por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) como afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026.
- Duración y prórroga: El programa tendría una duración inicial de seis (6) meses desde la nueva fecha de inicio, con posibilidad de prórrogas sucesivas de hasta seis meses cada una si persisten condiciones de estrechez energética, baja hidrología o riesgo para la confiabilidad del suministro. La CREG podría terminar anticipadamente el programa cuando cesen dichas condiciones.
- Obligaciones de comercializadores: Durante el periodo previo al inicio, los comercializadores deberán adelantar las acciones necesarias para la puesta en marcha del programa. Al cierre de cada periodo de liquidación, deberán conformar, liquidar y distribuir la bolsa de recursos correspondiente y determinar los usuarios beneficiarios.
- Medidas transitorias: La terminación anticipada, suspensión, reanudación o prórroga del programa, así como inclusiones o exclusiones de usuarios, serían adoptadas en sesión de la Comisión y comunicadas mediante circular suscrita por la Dirección Ejecutiva de la CREG.
Ámbito de aplicación
El proyecto tendría aplicación nacional para el sector de demanda regulada de energía eléctrica, exceptuando los municipios afectados por el sismo según informe oficial de la UNGRD. Estaría dirigido a comercializadores y usuarios regulados del sistema eléctrico.
Plazo y mecanismos para participación ciudadana
El plazo para presentar comentarios sobre el proyecto es hasta el 14 de agosto de 2026 a las 12:00 m. Las observaciones deberán enviarse mediante comunicaciones electrónicas dirigidas a la Dirección Ejecutiva de la CREG, al correo electrónico creg@creg.gov.co, con el asunto “Comentarios sobre la Resolución CREG 701 144 de 2026”.
Base legal y modificaciones
El proyecto se fundamenta en las atribuciones constitucionales y legales conferidas a la CREG, principalmente en las Leyes 142 y 143 de 1994, la Ley 1715 de 2014, y los Decretos 1524, 2253 y 1260 de 1994, además de los decretos reglamentarios y resoluciones vigentes del sector energético.
Modificaría expresamente la Resolución CREG 101 120 de 2026, especialmente en lo relativo a la fecha de inicio del programa y disposiciones transitorias asociadas.
Derogatoria y vigencia
El proyecto indicaría que las demás disposiciones de la Resolución CREG 101 120 de 2026 que no sean modificadas por esta resolución se mantienen vigentes. La resolución entraría en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial, si se expidiera en su versión final.
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Este resumen ejecutivo presenta el contenido principal del proyecto de resolución No. 701 144 de 2026 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, actualmente en etapa de consulta pública y sin efectos jurídicos vigentes. La CREG invita a todos los interesados a participar activamente en el proceso de consulta para enriquecer el proyecto con sus aportes y asegurar la efectividad del programa transitorio de incentivos a la eficiencia energética en el país.