Entidad emisora, tipo de norma y fecha
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) emitió la Circular 325 de 2026, fechada el 12 de agosto de 2026.
Objeto de la norma
La circular regula el listado de municipios que integran las zonas de influencia para la OPC de GLP en el periodo comprendido entre septiembre de 2026 y febrero de 2027, y comunica las cantidades de GLP disponibles para esta OPC según puntos de producción nacional.
Cambios normativos concretos
- Presenta el listado actualizado de municipios que conforman las zonas de influencia mencionadas en el parágrafo 1 del artículo 14 de la Resolución CREG 053 de 2011, con base en las Circulares CREG 048 de 2011 y 046 de 2020.
- Incluye la representación gráfica del listado de zonas de influencia.
- Informa las cantidades de GLP disponibles por punto de producción para cada mes del periodo septiembre 2026 a febrero 2027.
Obligaciones creadas
- Ecopetrol S.A. debe otorgar un plazo mínimo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la circular, para que los agentes interesados presenten sus solicitudes de compra dentro del cronograma previsto para la OPC.
Ámbito de aplicación
La circular tiene aplicación nacional y está dirigida a comercializadores mayoristas, transportadores, distribuidores y comercializadores minoristas de GLP, así como a demás interesados en la OPC.
Excepciones o exclusiones
No se establecen excepciones ni exclusiones expresas en la circular.
Base legal
La expedición de la circular se fundamenta en las competencias conferidas a la CREG por la Resolución CREG 053 de 2011 y las circulares CREG 048 de 2011 y 046 de 2020.
Vigencia
La circular entra en vigencia a partir de su publicación el 13 de agosto de 2026.
Régimen de transición
Se establece un plazo específico de tres (3) días hábiles para que los agentes interesados presenten las solicitudes de compra después de la publicación de la circular, dentro del cronograma de la OPC para el periodo señalado.
Datos sobre cantidades disponibles de GLP
| Mes |
Cupiagua (kg) |
Cusiana (kg) |
Dina (kg) |
Barrancabermeja (kg) |
Cartagena (kg) |
Total (kg) |
| sep-26 | 10.706.561 | 3.757.828 | 533.936 | 6.683.386 | 3.489.598 | 25.171.308 |
| oct-26 | 10.886.008 | 3.708.689 | 485.099 | 5.268.156 | 3.489.160 | 23.837.111 |
| nov-26 | 10.432.853 | 3.333.553 | 441.077 | 3.798.666 | 3.416.727 | 21.422.877 |
| dic-26 | 10.641.410 | 2.859.697 | 439.788 | 3.965.414 | 3.529.147 | 21.435.456 |
| ene-27 | 9.833.694 | 2.714.200 | 455.780 | 3.999.506 | 3.486.561 | 20.489.741 |
| feb-27 | 8.979.539 | 2.484.112 | 411.672 | 3.547.431 | 2.482.942 | 17.905.696 |
| Total | 61.480.064 | 18.858.080 | 2.767.352 | 27.262.559 | 19.894.135 | 130.262.190 |
La Circular 325 de 2026 es una herramienta clave para garantizar la transparencia y eficiencia en la distribución del GLP en Colombia durante el periodo señalado, asegurando que los agentes del mercado cuenten con la información necesaria para participar de forma adecuada en la Oferta Pública de Compra. Con esta regulación, la CREG busca promover un mercado competitivo, ordenado y equitativo que beneficie a los consumidores de GLP en todo el territorio nacional.