Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

CReg responde solicitud de protección de derechos colectivos de usuarios del servicio público de energía eléctrica en la región Caribe

Proviene de: Conceptos

19 de agosto de 2026 19:7:49

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CReg) recibió una solicitud relacionada con la protección de los derechos colectivos de los usuarios del servicio público de energía eléctrica en la región Caribe y, en particular, en el municipio de Valledupar. En su respuesta, la CReg recordó que su función principal es la regulación económica de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible, conforme a lo dispuesto en la Ley 142 de 1994 y la Ley 143 de 1994, así como el Decreto 1260 de 2013. Es importante destacar que la CReg ejerce una función consultiva y no resuelve casos particulares o concretos, tarea que corresponde a las autoridades competentes mediante los procedimientos establecidos. La supervisión y control del cumplimiento de resoluciones y normativas relacionadas con los prestadores de servicios públicos domiciliarios corresponden a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), y en temas de competencia, a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

Normatividad sobre medición y derechos de los usuarios

La comunicación incluye un resumen de la normatividad aplicable sobre la medición del consumo eléctrico, destacando los derechos de los usuarios a obtener medición real y precisa mediante instrumentos tecnológicos apropiados y las condiciones para la instalación y mantenimiento de medidores. Además, se detallan los procedimientos previstos para la presentación de peticiones, quejas y recursos ante la empresa prestadora del servicio, así como la vía administrativa y judicial disponible para los usuarios insatisfechos.

Derivación de la solicitud a las entidades competentes

La CReg concluye que la solicitud presentada no corresponde a un asunto regulatorio bajo su competencia, por lo cual se dará traslado de la petición a las empresas prestadoras del servicio público de energía eléctrica en la región y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, entidad encargada de la inspección, vigilancia y control sobre estas empresas. Esta respuesta se emitió conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, regulado por la Ley 1755 de 2015, asegurando así el correcto trámite de la petición y la derivación a las autoridades competentes para su tratamiento. De esta manera, la CReg reafirma su compromiso con la transparencia y el adecuado funcionamiento del sector eléctrico, garantizando que las inquietudes de los usuarios sean atendidas por las entidades responsables, en aras de proteger los derechos colectivos y promover un servicio eficiente y confiable en la región Caribe.

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Energía

No se encontraron sugerencias