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Auto de la Corte Suprema de Justicia niega recurso de casación por falta de interés económico

Proviene de: Sentencias

19 de agosto de 2026 15:20:46

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia corresponde a un auto proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia, dentro de un proceso ordinario laboral. Se resolvió un recurso de queja interpuesto frente a la negativa de admisión de un recurso extraordinario de casación por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial.

Sentido de la decisión

  • Se declaró bien denegado el recurso extraordinario de casación interpuesto por la sociedad demandada.
  • Se condenó en costas a la recurrente en el recurso de queja, fijando una suma específica para agencias en derecho.
  • Se ordenó la devolución de la actuación al tribunal de origen para los fines correspondientes.

Razón principal de la decisión

La Corte concluyó que la sociedad recurrente no acreditó el interés económico necesario para interponer el recurso extraordinario de casación. El monto total de la condena impuesta en la sentencia de segunda instancia, que incluye perjuicios patrimoniales y morales, no superaba la cuantía mínima requerida legalmente para acceder a este recurso, equivalente a 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes. El tribunal también señaló que la indexación del lucro cesante, ordenada en la sentencia, no altera esta conclusión debido a que el pago se realiza en un único acto y la fecha de su cumplimiento es incierta.

Antecedentes fácticos y procesales

Dos trabajadores promovieron demanda ordinaria laboral contra una sociedad para que se reconociera un contrato de trabajo a término indefinido y se declarara la responsabilidad de la empleadora en un accidente laboral ocurrido en 2019. En primera instancia, el juzgado laboral absolvió a la sociedad demandada de las pretensiones. La apelación fue interpuesta por los trabajadores, y el Tribunal Superior revocó la absolución, condenando a la sociedad al pago de perjuicios patrimoniales y morales. Contra esta sentencia, la sociedad interpuso un recurso extraordinario de casación, que fue negado por el Tribunal por falta de interés económico. La sociedad presentó recurso de reposición y, en subsidio, recurso de queja, este último concedido para revisión por la Corte.

Efectos jurídicos

La decisión de negar el recurso extraordinario de casación implica que la sentencia del Tribunal Superior queda en firme. La sociedad demandada está obligada al cumplimiento de las condenas establecidas por el tribunal, incluyendo el pago de perjuicios patrimoniales y morales a los trabajadores. Además, la sociedad debe asumir las costas del recurso de queja, incluyendo el pago por agencias en derecho, conforme a la cuantía fijada. Notifíquese, publíquese y cúmplase.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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