Naturaleza de la providencia y tribunal
La providencia corresponde a un auto emitido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia dentro de un proceso ordinario laboral.
Sentido de la decisión
- Declara bien denegado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de segunda instancia que confirmó la absolución de las pretensiones del demandante.
- Absolvió en costas a la parte demandada.
- Ordenó devolver la actuación al tribunal de origen para los fines pertinentes.
Razón principal de la decisión
El tribunal consideró que el interés económico para recurrir en casación debe estar basado en un perjuicio cierto y actual, determinado o determinable en dinero al momento de presentar el recurso. La parte recurrente fundamentó el interés económico en una proyección de la cuantía de las cesantías y sus intereses hasta la edad probable de retiro laboral, en el año 2053, lo que implicaba situaciones futuras e inciertas. Por ello, no fue posible cuantificar con certeza el agravio económico, lo que imposibilitó reconocer el interés económico necesario para acceder al recurso extraordinario.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante promovió un proceso ordinario laboral contra una entidad pública solicitando que se declarara su derecho a beneficiarse del régimen de retroactividad de cesantías previsto en una convención colectiva, con exigencia de reliquidación y pago de intereses desde el inicio de su vínculo laboral hasta la terminación de este. En primera instancia, el juzgado absolvió a la entidad de todas las pretensiones al considerar inexistente la obligación reclamada. Esta decisión fue confirmada por el tribunal de segunda instancia tras el recurso de apelación interpuesto por el demandante.
Posteriormente, se interpuso recurso extraordinario de casación. Este fue negado por el tribunal de segunda instancia al considerar que el interés económico para recurrir se limitaba al cálculo de las cesantías retroactivas e intereses causados hasta la sentencia de segunda instancia, suma que no alcanzaba el umbral legal para acceder al recurso. Contra esta negativa, se interpuso recurso de reposición y, en subsidio, recurso de queja, argumentando que la cuantía debía proyectarse hasta la edad de retiro forzoso, incrementando significativamente la suma reclamada.
Efectos jurídicos de la decisión
La decisión de la Corte Suprema de Justicia vincula a las partes en cuanto a la imposibilidad de acceder al recurso extraordinario de casación por ausencia del interés económico requerido. Se confirma la sentencia de segunda instancia que absolvió a la entidad demandada. Además, se impone la absolución en costas a la parte demandada y se dispone la devolución del expediente al tribunal de origen para las actuaciones correspondientes.
Notifíquese y cúmplase.