Naturaleza de la providencia y tribunal
Se trata de un
auto dictado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de un trámite de aclaración y corrección de un auto previo de inadmisión de demanda de casación. La providencia se profiere en segunda instancia dentro del proceso penal seguido ante el Tribunal Superior de Bogotá.
Sentido de la decisión
- Se rechaza la solicitud de aclaración y corrección del auto AP3687-2026, que inadmitió la demanda de casación contra la sentencia de segunda instancia.
- Se establece que no procede recurso alguno contra esta decisión.
Razón principal de la decisión
La Sala determinó que no existe error en la fecha consignada en el auto de inadmisión, la cual corresponde a la fecha en que la Sala Penal del Tribunal Superior aprobó la sentencia, es decir, el momento jurídico en que se entiende proferida la decisión de segundo grado. La audiencia pública en la que se leyó dicha sentencia en fecha posterior no equivale al momento de profección para efectos procesales.
Además, la petición de aclaración no se ajusta a los supuestos legales que permiten tal trámite, pues no se trata de conceptos o frases que generen duda sobre la parte resolutiva, ni de un error aritmético o de cálculo que amerite corrección. La jurisprudencia ha sido reiterada en señalar que la fecha relevante es la aprobación de la sentencia en sala, y no su comunicación o lectura posterior.
Antecedentes procesales relevantes
- La Fiscalía formuló imputaciones por varios delitos en concurso, entre ellos concierto para delinquir y hurto calificado agravado, contra un grupo de procesados.
- En primera instancia, el juzgado de conocimiento aprobó un preacuerdo mediante el cual los procesados aceptaron cargos y se modificó su participación de coautores a cómplices para efectos punitivos.
- La sentencia de primera instancia impuso penas privativas de la libertad y de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas a los acusados, negando mecanismos sustitutivos a la prisión.
- La defensa interpuso recurso de apelación contra la sentencia, el cual fue confirmado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá en segunda instancia.
- Posteriormente, la defensa presentó demanda de casación, que fue inadmitida mediante el auto objeto de aclaración y corrección.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto rechaza la solicitud de aclaración y corrección, por lo que mantiene firme la inadmisión de la demanda de casación presentada por la defensa. Esta decisión vincula a las partes y confirma la fecha de profección de la sentencia de segunda instancia como la establecida en el auto inicial. No procede recurso alguno contra el auto que resuelve esta solicitud, consolidando así la estabilidad jurídica respecto al momento procesal en que se considera proferida una sentencia en segunda instancia.