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Auto de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema define competencia en tutela contra juez y fiscal

Proviene de: Sentencias

19 de agosto de 2026 16:5:5

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto proferido por la Sala de Decisión de Tutelas No. 3 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. La decisión se da en el marco de un conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 1° Penal Municipal de una ciudad y el Juzgado Penal del Circuito de otra jurisdicción, ambos ubicados en diferentes distritos judiciales.

Sentido de la decisión

  • Competencia declarada: El juzgado penal del circuito es competente para conocer la acción de tutela promovida contra un juzgado municipal y una fiscalía local.
  • Remisión de expediente: Se ordena remitir el expediente de tutela al juzgado penal del circuito para que tramite y decida de fondo.
  • Comunicación: Se dispone comunicar la decisión al juzgado municipal y a la parte accionante mediante la Secretaría de la Sala.
  • No procede recurso: Contra esta determinación no cabe recurso alguno.

Razón principal de la decisión

La Sala fundamenta su decisión en la aplicación del factor funcional de competencia previsto en la normatividad vigente para acciones de tutela dirigidas contra funcionarios judiciales. Según el artículo 16 de la Ley 270 de 1996 y el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015 modificado por el Decreto 333 de 2021, las acciones de tutela contra jueces y fiscales deben ser conocidas por su superior funcional. En este caso, dado que la acción se dirige contra un juez promiscuo municipal y una fiscalía local integrados en un circuito judicial, la competencia corresponde al juzgado penal del circuito, que es superior funcional de las autoridades accionadas.

Antecedentes relevantes

La persona accionante presentó inicialmente una solicitud de traslado de un proceso penal al juzgado municipal del lugar de su residencia. Ante la falta de respuesta, interpuso acción de tutela contra el juzgado municipal y la fiscalía local donde se tramita el proceso penal. El juzgado municipal del lugar de residencia del accionante se abstuvo de conocer la tutela y remitió el expediente al juzgado penal del circuito correspondiente al lugar donde se encuentran las autoridades accionadas. Este último juzgado consideró que también era competente para conocer la tutela y planteó un conflicto de competencia con el juzgado municipal.

Efectos jurídicos de la decisión

La providencia:
  • Vincula a los juzgados involucrados, estableciendo que el juzgado penal del circuito es competente y debe proceder a tramitar y resolver la acción de tutela.
  • Genera la obligación de remitir el expediente y de comunicar la decisión a las partes involucradas.
  • Impide la interposición de recursos contra esta determinación, consolidando la competencia determinada.
En conclusión, este auto establece un precedente claro sobre la competencia para conocer acciones de tutela presentadas contra jueces y fiscales, reafirmando que corresponde al superior funcional conocer de estas acciones, garantizando así la correcta administración de justicia y la protección efectiva de los derechos fundamentales.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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