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Auto de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema niega anonimización en base de datos judicial

Proviene de: Sentencias

19 de agosto de 2026 16:6:32

Naturaleza de la providencia y tribunal

La providencia es un auto proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de una tutela y el incidente de desacato conexo, en el marco de una petición relativa a la anonimización de información en bases de datos judiciales.

Sentido de la decisión

  • Negación de la solicitud de anonimización de datos personales en la plataforma pública de la Rama Judicial.
  • Se autoriza el recurso de reposición contra esta decisión.

Razón principal de la decisión

La Sala fundamenta su decisión en la inexistencia de prueba documental o jurídica que demuestre la extinción de una pena mediante cumplimiento o prescripción, requisito necesario para acceder a la anonimización conforme a la jurisprudencia vigente. En consecuencia, no se cumplió con las exigencias establecidas para suprimir el nombre del solicitante en los registros públicos.

Antecedentes relevantes

  • El solicitante promovió una acción de tutela en defensa del derecho al debido proceso, relacionada con la mora judicial en la resolución de un recurso de apelación dentro de un proceso penal, lo que fue amparado por esta Sala, ordenando resolver dicho recurso en un plazo determinado.
  • Transcurrido el plazo sin que se resolviera, se instauró un incidente de desacato, en el cual la Sala se abstuvo de imponer sanción dado que se programó la fecha para la lectura de la sentencia de segunda instancia.
  • Posteriormente, el solicitante requirió la anonimización de su nombre en la base de datos judicial respecto a la acción de tutela y al incidente de desacato mencionados, petición que fue trasladada a esta Sala para su resolución.

Consideraciones jurídicas

La Sala recordó la ponderación entre el derecho de acceso a la información pública y la protección del derecho al habeas data, conforme a la normatividad aplicable y la jurisprudencia constitucional y de la Corte Suprema. Se señaló que la divulgación de sentencias condenatorias y autos relacionados debe ser íntegra y accesible al público, salvo que se acredite judicialmente la extinción de la pena, en cuyo caso procede la supresión del nombre en las bases de datos abiertas, manteniendo el documento íntegro en los archivos institucionales para consulta en sede. En el caso concreto, la petición careció de soporte documental que acreditara el cumplimiento o prescripción de la pena, por lo que no se configuró la causal para la anonimización. Además, la solicitud se basó únicamente en la circunstancia de que los procesos aparecen archivados y visibles en la plataforma pública, sin aportar certificado o documento que justifique la supresión de datos.

Efectos jurídicos de la decisión

  • El auto vincula a la Rama Judicial a no anonimizar la información relativa al solicitante en la plataforma pública de consulta de procesos.
  • Se reconoce el derecho del solicitante a interponer recurso de reposición contra esta decisión.

En conclusión, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de anonimización en la base de datos judicial por no acreditarse la extinción de la pena, en aplicación de los parámetros jurisprudenciales que regulan el balance entre el acceso a la información pública y la protección de datos personales. Esta decisión reafirma la importancia de contar con pruebas documentales claras para acceder a medidas de protección de datos en el ámbito judicial, preservando la transparencia y el acceso público a la información judicial.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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