Naturaleza y contexto de la providencia
Se trata de un auto emitido por la Sala de Decisión de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia procesal. La providencia resuelve sobre la solicitud de desistimiento presentada por el accionante respecto a una acción de tutela promovida contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y la Fiscalía Seccional correspondiente.
Sentido de la decisión
- Aceptar la solicitud de desistimiento de la acción de tutela presentada por el actor.
- Ordenar el archivo del proceso de tutela.
- Determinar que contra esta decisión no proceden recursos.
- Disponer la comunicación de la decisión y el envío de copia al demandante.
Razón principal de la decisión
La Sala fundamenta la aceptación del desistimiento en que la acción de tutela es un mecanismo constitucional para la protección inmediata de derechos fundamentales, cuyo ejercicio depende de la voluntad del actor, quien puede renunciar a ella de conformidad con el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991. La jurisprudencia constitucional establece que el desistimiento es procedente mientras no se haya iniciado la revisión por la Corte Constitucional y siempre que la tutela no busque proteger derechos colectivos ni asuntos de interés general. En este caso, el desistimiento fue presentado oportunamente, antes de la selección para revisión, y la tutela se orientaba a la protección de derechos individuales.
Antecedentes relevantes
El actor promovió una acción de tutela contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, la Dirección Seccional de Fiscalías de la misma ciudad y la Fiscalía Seccional de Jamundí, alegando posibles vulneraciones a los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad y propiedad privada. La acción fue admitida y distribuida el 18 de junio de 2026, y el auto admisorio se profirió el 22 de junio de 2026. Posteriormente, el 25 de junio de 2026, el actor presentó un memorial manifestando su desistimiento.
Efectos jurídicos de la decisión
El auto de la Sala vincula a las autoridades judiciales y fiscales involucradas, ordenando el archivo del trámite constitucional de tutela. La decisión pone fin al proceso en esta etapa, sin posibilidad de interponer recursos contra ella. Asimismo, se insta a la comunicación formal de la resolución al actor, cumpliendo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991.
Cúmplase conforme a lo resuelto por la Sala de Decisión de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, garantizando así la correcta terminación del proceso y el respeto a las normas procesales vigentes.