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Auto de la Corte Suprema confirma sentencia sobre trabajo suplementario y culpa patronal en accidente laboral

Proviene de: Sentencias

19 de agosto de 2026 16:38:24

Naturaleza de la providencia, tribunal e instancia

La providencia corresponde a un auto de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, que resuelve el recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, Sala Laboral, en segunda instancia.

Sentido de la decisión

La Corte Suprema decidió NO CASAR la sentencia del 16 de octubre de 2024, confirmando la decisión de segunda instancia que:
  • Desestimó la existencia de trabajo suplementario efectivo por parte del trabajador.
  • Negó la incidencia salarial de comisiones y auxilios de rodamiento y transporte para efectos de liquidación de prestaciones sociales y seguridad social.
  • Determinó que no existió culpa patronal que vinculara a la empresa en el accidente de trabajo fatal ocurrido.
Además, condenó en costas a la parte recurrente en casación.

Razón principal de la decisión

La Corte fundamentó su decisión en la valoración probatoria realizada por el Tribunal, que consideró:
  • Insuficiente la prueba para acreditar trabajo suplementario, dada la autonomía del trabajador en la gestión de su jornada y la falta de cálculos específicos sobre las horas extras.
  • Inexistencia de prueba clara y precisa sobre el pago habitual de comisiones o auxilios con incidencia salarial, señalando que los documentos aportados no demostraron enriquecimiento patrimonial ni contraprestación directa por dichos conceptos.
  • Ausencia de culpa patronal, debido a que el trabajador recibió inducción y capacitación sobre riesgos laborales, se le entregaron elementos de protección, y el accidente ocurrió por una decisión unilateral de asumir un riesgo sin informar a supervisores, quebrantando protocolos de seguridad.
  • El trabajador asumió el riesgo por cuenta propia, lo que rompió el nexo causal entre la empresa y el accidente fatal.
Se destacó que la carga probatoria para desvirtuar la valoración de hechos recaía sobre la parte recurrente, quien no logró romper los fundamentos del fallo de segunda instancia.

Antecedentes fácticos y procesales relevantes

El proceso se originó por la demanda entablada para que se reconociera la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre el trabajador fallecido y la empresa demandada, así como el pago de trabajo suplementario, reliquidación de prestaciones sociales, indemnizaciones por daños materiales y morales, y pensión de sobrevivientes en cuantía superior a la reconocida por la administradora de riesgos laborales. En primera instancia, el Juzgado Civil del Circuito declaró la existencia de un contrato por obra o labor contratada y negó las pretensiones. En segunda instancia, el Tribunal Superior confirmó dicha decisión, estableciendo que el trabajador no realizó trabajo suplementario ni se probó la incidencia salarial de ciertos emolumentos, y que no existió culpa patronal en el accidente mortal. Contra esta sentencia se interpuso recurso de casación, señalando errores en la valoración de pruebas relacionadas con el salario, trabajo suplementario y responsabilidad en el accidente.

Efectos jurídicos de la decisión

La decisión de la Corte confirma la sentencia que:
  • Vincula a la parte demandada en los términos establecidos por el contrato por obra o labor contratada.
  • No reconoce obligaciones adicionales por trabajo suplementario, reliquidaciones o indemnizaciones por culpa patronal.
  • Confirma la pensión de sobrevivientes otorgada conforme al salario reconocido inicialmente.
  • Impone las costas del recurso extraordinario a la parte recurrente.
Se ordena notificar y devolver el expediente al tribunal de origen para su cumplimiento y cierre definitivo del proceso. --- Este resumen ejecutivo presenta de manera objetiva y neutral el contenido y decisión de la providencia judicial, sin revelar nombres propios o información personal identificable.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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