Naturaleza de la providencia y sentido de la decisión
La providencia es un auto emitido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en primera instancia, que resuelve sobre una acción de tutela presentada contra la Sala misma.
Sentido de la decisión:
- Se niega la acción de tutela instaurada por el accionante.
- Se ordena a las autoridades judiciales vinculadas anexar copia del auto a los expedientes objeto de control constitucional.
- Se dispone informar a las partes e intervinientes y remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, en caso de no ser impugnada la resolución.
Razón principal de la decisión
La razón central que sustenta la negativa es que la acción de tutela cuestionada había sido debidamente admitida mediante auto del magistrado sustanciador, el cual fue notificado oportunamente al accionante antes de la interposición de la tutela actual. Por tanto, no existió mora judicial en el trámite del proceso. Además, el término legal de diez días para emitir fallo de primera instancia no se había cumplido para la fecha de presentación de la acción de tutela. En consecuencia, la pretensión carece de fundamento fáctico y jurídico.
Antecedentes fácticos y procesales
El accionante promovió una acción de tutela contra varias instancias judiciales penales de una ciudad, solicitando protección de derechos presuntamente vulnerados por la falta de pronunciamiento frente a un derecho de petición presentado con anterioridad. La acción de tutela fue asignada a la Sala de Casación Penal de esta Corte para su trámite.
Se alegó que desde la presentación de la acción de tutela inicial no se había dictado auto admisorio ni se había resuelto de fondo, situación que motivó la interposición de la tutela actual para solicitar que se ordenara su admisión y trámite.
En respuesta, la Sala de Casación Penal informó que la acción de tutela cuestionada había sido admitida mediante auto dos días después de su presentación y notificada al accionante antes de la interposición de la tutela actual. Además, señaló que el término para emitir sentencia de primera instancia aún no había vencido.
Efectos jurídicos de la decisión
La negativa de la tutela implica que no se ordena ninguna actuación adicional respecto de la admisión y trámite de la acción de tutela previa, al constatarse el cumplimiento de los procedimientos legales correspondientes.
La orden de anexar copia del auto a los expedientes relacionados garantiza la integración adecuada del proceso. La remisión del expediente a la Corte Constitucional permite su eventual revisión conforme a los mecanismos legales vigentes en caso de impugnación.
Resumen final
En resumen, la Corte Suprema de Justicia negó la acción de tutela que solicitaba ordenar la admisión y trámite de una acción de tutela previa ante presunta mora judicial. La Sala constató que la acción de tutela cuestionada fue admitida y notificada dentro de los términos legales, y que no se había cumplido el plazo para resolverla. Por tanto, no se configuró la vulneración alegada que justificara la procedencia del amparo constitucional en este caso, reafirmando así la correcta actuación judicial y el respeto a los plazos procesales establecidos en la ley.